Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 5/2022, de 9 de junio, por la que se modifica la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid.

BOE-A-2022-13071Publicada: 03/08/2022COMUNIDAD DE MADRID

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** La Ley 5/2022, de 9 de junio, modifica la Ley 20/1998 de la Comunidad de Madrid sobre transportes urbanos para incorporar a su regulación la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC), es decir, los servicios de transporte privado contratados a través de empresas que ponen a disposición del usuario un vehículo con conductor, como los conocidos servicios de tipo Uber o Cabify. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a las empresas titulares de autorizaciones VTC de ámbito nacional que tengan su domicilio en la Comunidad de Madrid, así como a quienes deseen ejercer esta actividad en dicho territorio. También afecta a los usuarios de este tipo de servicios de transporte urbano dentro de la región. **¿Qué cambia o establece?** La ley incorpora los VTC como una modalidad reconocida de transporte discrecional de viajeros en la Comunidad de Madrid, exigiendo una autorización específica para operar. Garantiza además que las empresas que ya contaban con autorizaciones nacionales domiciliadas en Madrid, antes de la entrada en vigor de esta ley, puedan seguir prestando servicios urbanos una vez agotados los plazos transitorios fijados por el Real Decreto-ley 13/2018. Los requisitos concretos para obtener la autorización se remiten a un futuro desarrollo reglamentario, y se actualiza también el régimen de sanciones aplicable a esta actividad.

💬 Contexto ciudadano

El servicio de Vehículos de Transporte con Conductor (VTC) —Uber, Cabify— carecía en la Comunitat de Madrid de un marco jurídico integrado en la normativa de transportes urbanos, operando bajo una regulación fragmentada entre la normativa estatal y los decretos autonómicos de desarrollo. Esta Ley incorpora la regulación de los VTC en la Ley de Transportes Urbanos de Madrid, estableciendo requisitos de licencia, restricciones de contratación previa, zonas de operación y mecanismos de coordinación con el taxi. La norma fue recurrida ante el Tribunal Constitucional por el Estado, que impugnó determinados artículos por posible invasión de competencias estatales, y es referencia en el debate europeo sobre la regulación de plataformas de movilidad compartida frente al sector del taxi tradicional.

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