Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 586/2022, de 19 de julio, por el que se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita, aprobado por el Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo.

BOE-A-2022-14682Publicada: 08/09/2022MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una modificación del Reglamento de asistencia jurídica gratuita (el servicio de abogado de oficio pagado por el Estado) aprobada en julio de 2022. Su origen está en una recomendación del Defensor del Pueblo, que alertó de que abogados condenados por violencia de género podían actuar como abogados de oficio precisamente en casos de violencia de género. **¿A quién afecta?** Afecta a las víctimas de violencia de género, terrorismo, trata de seres humanos, menores de edad víctimas de delitos y personas con discapacidad especialmente vulnerables que tengan derecho a asistencia jurídica gratuita. También afecta directamente a los abogados y procuradores que forman parte de los turnos de oficio especializados en estos ámbitos. **¿Qué cambia o establece?** Establece que un abogado o procurador de oficio no podrá defender o representar a una víctima si tiene antecedentes penales por delitos de naturaleza similar a los que sufrió esa víctima. Es decir, un abogado condenado por violencia de género no podrá ejercer en el turno de oficio de violencia de género; uno condenado por trata de personas no podrá actuar en casos de trata, y así sucesivamente. Este requisito se incorpora como condición mínima general en el Reglamento, aplicable en todo el territorio nacional.

💬 Contexto ciudadano

El Reglamento de asistencia jurídica gratuita vigente permitía que abogados de oficio condenados por delitos de violencia de género actuaran en procedimientos de esta naturaleza, vulnerando los derechos de las víctimas. El Defensor del Pueblo alertó de esta situación en una resolución de recomendación. Esta modificación introduce la prohibición expresa de que abogados condenados por violencia de género actúen como designados de oficio en procedimientos relacionados con este delito, garantizando la confianza de las víctimas en el sistema de justicia gratuita. La reforma es complementaria a la Ley Orgánica 1/2004 y refuerza el derecho de las víctimas a una asistencia jurídica de calidad y sin conflicto de interés en los procedimientos penales donde son parte.

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