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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 28 de junio de 1989 por la que se modifican las referencias a las normas UNE que figuran en el anexo al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre.

BOE-A-1989-15171Publicada: 30/06/1989MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 28 de junio de 1989 por la que se modifican las referencias a las norma ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, establece la obligatoriedad de la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros, y en su disposición final primera, faculta a los Ministros de Industria y Energía y de Obras Públicas y Urbanismo para modificar las referencias a las normas UNE en su anexo. La Orden de 28 de junio de 1989 modifica estas referencias incorporando nuevas normas UNE. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, establece la obligatoriedad de la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros. En su disposición final primera, se faculta a los Ministros de Industria y Energía y de Obras Públicas y Urbanismo para modificar las referencias a las normas UNE en su anexo. Dicha norma se modificó en 1989 para incorporar nuevas normas técnicas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 28 de junio de 1989, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 10 de julio de 1989, modifica las referencias a las normas UNE que figuran en el anexo del Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre. Esta modificación se realiza en virtud de la facultad otorgada en la disposición final primera del Real Decreto 1313/1988, que faculta a los Ministros de Industria y Energía y de Obras Públicas y Urbanismo para modificar conjuntamente las referencias a las normas UNE en el anexo del mencionado Real Decreto. La Orden establece que se modifican las referencias a las normas UNE en los siguientes términos: 1. **Especificaciones técnicas**: se añade la referencia a la norma UNE 80-403-88, que establece "Cementos. Definiciones, clasificación y especificaciones". 2. **Toma de muestras y métodos de ensayo**: se añade la referencia a la norma UNE 80-403-88, que establece "Cementos. Control de la producción. Criterios de conformidad". Estas modificaciones se realizan en virtud de la necesidad de incorporar las últimas modificaciones en la normativa UNE, consideradas necesarias para garantizar la calidad y seguridad de los materiales utilizados en la construcción. La Orden establece que entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el BOE. La norma se publicó en el BOE el 10 de julio de 1989, y entró en vigor el 10 de enero de 1990. La modificación de las referencias a las normas UNE en el anexo del Real Decreto 1313/1988 se realiza mediante un acuerdo conjunto de los Ministros de Industria y Energía y de Obras Públicas y Urbanismo, lo que refleja la necesidad de una coordinación interministerial para garantizar la coherencia normativa en el ámbito de la construcción y los materiales de construcción. La norma no establece nuevas obligaciones, sino que actualiza las referencias a las normas técnicas vigentes en ese momento, con el fin de garantizar que los cementos utilizados en la fabricación de hormigones y morteros cumplan con los estándares técnicos más recientes. La modificación se realiza en el marco de la regulación de los materiales de construcción, con el objetivo de garantizar la calidad, seguridad y compatibilidad de los productos utilizados en la construcción. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1989 modifica las referencias a las normas UNE en el anexo del Real Decreto 1313/1988, incorporando nuevas normas técnicas. La modificación se realiza en virtud de la facultad otorgada en la disposición final primera del Real Decreto 1313/1988. La norma entra en vigor seis meses después de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de referencias a normas UNE**: Se incorporan nuevas normas técnicas en el anexo del Real Decreto 1313/1988. ⚠️ **Facultad interministerial**: La modificación se realiza mediante un acuerdo conjunto de los Ministros de Industria y Energía y de Obras Públicas y Urbanismo. 📋 **Vigencia**: La Orden entra en vigor seis meses después de su publicación. ℹ️ **Actualización normativa**: La norma refleja la necesidad de incorporar las últimas modificaciones en la normativa UNE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden de 28 de junio de 1989 - **Tipo**: Orden - **Fecha**: 28 de junio de 1989 - **Materias**: Construcción, materiales de construcción, normativa técnica, homologación - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: normas UNE, cementos, hormigones, morteros, homologación, construcción, materiales, seguridad, calidad ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1989, el Real Decreto 1313/1988 ya obligaba a la homologación de cementos para hormigones y morteros, basándose en normas UNE. Esta Orden de 1989 actualiza las referencias a dichas normas UNE, concretamente la UNE 80-403-88, que detalla especificaciones técnicas y criterios de conformidad para los cementos. A nivel estatal, esta normativa se enmarca en la regulación de la calidad de materiales de construcción, sin que haya una diferencia significativa con otras Comunidades Autónomas en este ámbito específico, ya que la homologación es de carácter nacional. La aprobación recae en los Ministros de Industria y Energía y de Obras Públicas y Urbanismo. Para el ciudadano, esta actualización importa porque garantiza que los cementos utilizados en sus obras cumplen con especificaciones técnicas y de control de calidad más recientes y rigurosas, asegurando así la seguridad y durabilidad de las construcciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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