Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 907/1989, de 21 de julio, por el que se determina la estructura orgánica del Organismo autónomo Instituto Nacional de Estadística.

BOE-A-1989-17433Publicada: 24/07/1989MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 907/1989, de 21 de julio, por el que se determina la estructura org ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 907/1989 establece la estructura orgánica del Instituto Nacional de Estadística, adaptándose a la normativa vigente y derogando disposiciones anteriores que se oponían a su organización. 2. **CONTEXTO** El Instituto Nacional de Estadística fue creado por la Ley 12/1989, que le otorgó una estructura reglamentaria. La Ley 10/1983 establece que la creación o modificación de órganos con rango igual o superior a Subdirección General debe realizarse mediante Real Decreto. Por ello, se necesitaba un Real Decreto que diera cumplimiento a dicha normativa. El Real Decreto 907/1989 fue dictado a iniciativa del Ministro de Economía y Hacienda y a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, tras deliberación del Consejo de Ministros. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 907/1989, de 21 de julio de 1989, regula la estructura orgánica del Instituto Nacional de Estadística, estableciendo su naturaleza, régimen jurídico, organización interna y funciones. El Instituto Nacional de Estadística es un Organismo Autónomo del Estado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad de obrar, y se rige por la Ley 12/1989 y por la Ley de Régimen Jurídico de las Entidades de Información Estadística y Servicios Periféricos. En el artículo 1.º, se establece que el Instituto Nacional de Estadística es un Organismo Autónomo con la naturaleza prevista en el artículo 4.1.a) del Real Decreto Legislativo 1091/1988, que queda adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Economía. La estructura orgánica del Instituto Nacional de Estadística se divide en varias unidades: Subdirección General de Proceso de Datos, Subdirección General de Servicios Periféricos y Relaciones con las Comunidades Autónomas, Subdirección General-Vicepresidencia Adjunta del Consejo Superior de Estadística, y Secretaría Técnica. En la disposición transitoria, se establece que las unidades administrativas y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General de la extinguida Dirección General del Instituto Nacional de Estadística continúan subsistentes y, en tanto se adopten las medidas de desarrollo procedentes, pasan a depender de las distintas unidades básicas del Instituto Nacional de Estadística, de acuerdo con las funciones atribuidas a cada una de ellas por el presente Real Decreto. En las disposiciones finales, se establece que el Ministro de Economía y Hacienda dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo de la estructura orgánica del Instituto Nacional de Estadística, autorizará las modificaciones y habilitaciones presupuestarias oportunas, y que el Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Además, se derogaron disposiciones anteriores que se oponían a lo establecido en el presente Real Decreto, incluyendo el Real Decreto 686/1983, el artículo 25 del Real Decreto 222/1987 y la referencia contenida en el artículo 20.3 de dicho Real Decreto a la Dirección General del Instituto Nacional de Estadística. El Real Decreto fue dado en Palma de Mallorca a 21 de julio de 1989, firmado por el Rey Juan Carlos I y por el Ministro para las Administraciones Públicas, Joaquín Almunia Amann. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 907/1989 establece la estructura orgánica del Instituto Nacional de Estadística, adaptándose a la normativa vigente y derogando disposiciones anteriores. Establece la organización interna del Instituto y su vinculación al Ministerio de Economía y Hacienda. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Naturaleza del Instituto Nacional de Estadística**: Organismo Autónomo del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio. ⚠️ **Derogación de disposiciones anteriores**: Se derogaron normas que se oponían a la nueva estructura. 📋 **Estructura orgánica**: Se detallan las unidades y funciones del Instituto. ℹ️ **Vigencia y autoridad**: El Real Decreto entra en vigor al día de su publicación y se rige bajo la autoridad del Ministerio de Economía y Hacienda. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 21 de julio de 1989 - **Materias**: Estadística, Organización administrativa, Función pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Instituto Nacional de Estadística, Organismo Autónomo, estructura orgánica, Real Decreto, derogación, Ministerio de Economía y Hacienda ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1989 establece la estructura orgánica del Instituto Nacional de Estadística (INE), un organismo autónomo estatal. Previamente, la Ley de la Función Estadística Pública de 1989 ya había previsto la necesidad de una regulación reglamentaria para la organización interna del INE, y la Ley de Organización de la Administración Central del Estado de 1983 marcaba el procedimiento para la creación de órganos de este rango. La normativa estatal, en este caso, es la que habilita y concreta la estructura, no existiendo una norma comparable a nivel de Comunidades Autónomas para la organización específica del INE, que es un ente de ámbito nacional. Esta distinción es crucial para el ciudadano, ya que define la estructura y el funcionamiento de la entidad encargada de recopilar y difundir datos estadísticos oficiales, fundamentales para la toma de decisiones públicas y la comprensión de la realidad socioeconómica del país. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →