Corrección de errores de la Orden de 31 de mayo de 1989 por la que se establecen las características técnicas y condiciones de ensayo de los equipos radioeléctricos portátiles o con antena incorporada, utilizados en el Servicio Móvil Terrestre, para obtención del certificado de aceptación radioeléctrica.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 31 de mayo de 1989 por la que se establecen ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores tipográficos y gramaticales en la Orden de 31 de mayo de 1989, que establece las características técnicas y condiciones de ensayo de los equipos radioeléctricos portátiles o con antena incorporada utilizados en el Servicio Móvil Terrestre, para la obtención del certificado de aceptación radioeléctrica. **2. CONTEXTO** La Orden de 31 de mayo de 1989 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 146, de fecha 20 de junio de 1989. Esta norma establecía los requisitos técnicos y los procedimientos de ensayo para los equipos radioeléctricos utilizados en el Servicio Móvil Terrestre. Posteriormente, se detectaron errores en el anexo de dicha orden, lo que generó la necesidad de realizar correcciones para garantizar la precisión y la aplicación correcta de los requisitos establecidos. La presente norma corrige dichos errores para asegurar la validez legal y técnica de los certificados de aceptación radioeléctrica. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores en el anexo de la Orden de 31 de mayo de 1989, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 146, de fecha 20 de junio de 1989. Estos errores afectan a diversos puntos del texto, incluyendo: - **Punto 3.4, línea 3ª**: Se corrige la frase «La señal de ensaño» por «La señal de ensayo». - **Punto 3.7.1, línea 8ª**: Se corrige «Los equipos destinados a ser llevados ..,» por «Los equipos destinados a ser llevados ...». - **Punto 4.4.1, línea 4ª**: Se corrige «... la frecuencia es la suma ...» por «... la frecuencia nominal de uno u otro de los canales adyacentes. Esta potencia es la suma ...». - **Punto 4.4.2.2, f), línea 3ª**: Se corrige «... leídos en el apartado de medidida» por «... leídos en el aparato de medida». - **Punto 5.1.5,1, c), línea 18**: Se corrige «... el valor del campor ...» por «... el valor del campo ...». - **Punto 5.1.5,1, c), línea 25**: Se corrige «... generador Y dB ...» por «... generador Y dB ...». - **Punto 5.4.2, línea 20**: Se corrige «... obtenídos en los canles advacentes ...» por «... obtenidos en los canales adyacentes ...». - **Punto 5.5.2, línea 7ª**: Se corrige «... circuitos de llamda ...» por «... circuito de llamada ...». - **Punto 5.5.2, línea 10**: Se corrige «... el receptor debe colarse en la posición ...» por «... el receptor debe colocarse en la posición ...». - **Punto 5.7,3, 2ª línea**: Se corrige «... Se estudiará en el lugar de ensayo ...» por «... Se situará en el lugar de ensayo ...». Además, la norma establece que es necesario para la debida eficacia y funcionalidad de la misma, en los términos que establezcan las relaciones de puestos de trabajo de los Ministerios de Defensa y de Asuntos Exteriores. También se suprime la Secretaria Permanente del Consejo Hispano-Americano, con nivel orgánico de Subdirección General, existente en el Ministerio de Asuntos Exteriores. En las disposiciones finales, se establece que el Ministro de Defensa, de conformidad con el Ministro de Asuntos Exteriores, dictará las disposiciones complementarias para el funcionamiento de la Sección española del Comité Permanente Hispano-Norteamericano, cuya relación con la Sección norteamericana será objeto de normas de procedimiento acordadas por el propio Comité. Asimismo, el Ministerio de Economía y Hacienda realizará las modificaciones presupuestarias pertinentes, en orden al cumplimiento de lo previsto en el presente Real Decreto. Queda derogado el Real Decreto 2094/1983, de 28 de julio, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 187, de 8 de agosto, así como todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto. Finalmente, el presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en la Orden de 1989 para garantizar la precisión de los requisitos técnicos de los equipos radioeléctricos. Además, establece modificaciones en la estructura orgánica de ciertos organismos y deroga normas anteriores. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigen errores tipográficos y gramaticales en la Orden de 1989. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogó el Real Decreto 2094/1983 y otras disposiciones. 📋 **Modificaciones orgánicas**: Se suprime la Secretaria Permanente del Consejo Hispano-Americano. ℹ️ **Vigencia**: El Real Decreto entra en vigor el mismo día de su publicación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 14 de julio de 1989 - **Materias**: Radioeléctrica, equipos, certificación, normativa técnica - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1989, que corrige errores de una orden previa sobre equipos radioeléctricos portátiles, se enmarca en un contexto nacional de regulación técnica para la obtención de certificados de aceptación. Antes de esta corrección, la normativa estatal establecía los requisitos técnicos y de ensayo para estos dispositivos, alineándose con las directivas europeas que buscaban armonizar el mercado de equipos de telecomunicaciones. A diferencia de normativas autonómicas que podrían tener enfoques más específicos o complementarios, esta orden era de aplicación general en todo el territorio español y fue aprobada por el Ministerio de Industria y Energía. La corrección de errores, aunque aparentemente menor, es crucial para el ciudadano porque asegura la claridad y precisión de los requisitos técnicos, evitando ambigüedades que podrían dificultar la homologación de equipos, encarecer su producción o generar inseguridad jurídica en su uso. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────