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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 907/1989, de 21 de julio, por el que se determina la estructura orgánica del Organismo autónomo Instituto Nacional de Estadística.

BOE-A-1989-18994Publicada: 08/08/1989MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 907/1989, de 21 de julio, por el que se d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 907/1989, de 21 de julio, corrige errores tipográficos en el texto del Real Decreto que establece la estructura orgánica del Instituto Nacional de Estadística. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 907/1989 fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 175 del 24 de julio de 1989. Dicho decreto establece la estructura orgánica del Instituto Nacional de Estadística. Posteriormente, se detectaron errores en el texto original, que afectaban la correcta interpretación de los artículos mencionados. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 907/1989 corrige errores tipográficos en el texto del Real Decreto que establece la estructura orgánica del Instituto Nacional de Estadística. Estos errores afectan a varios artículos del decreto, lo que podría generar confusiones en la aplicación de las normas. Las correcciones incluyen: - En el artículo 4.°, apartado f), se corrige «Ostentar la Jefatura» por «Ostentar la dirección». Esta corrección es relevante para la definición de funciones y responsabilidades dentro de la estructura del Instituto. - En el artículo 6.°, apartado tres, se corrige «tareas de eleboración» por «tareas de elaboración». Esta corrección afecta a la descripción de las funciones del personal del Instituto. - En el artículo 6.°, apartado cuatro, se corrige «índices de precios al consumo» por «índices de precios de consumo». Esta corrección es importante para la precisión en la definición de los indicadores económicos que el Instituto debe elaborar. - En el artículo 7.°, apartado tres, se corrige «viviendas y locales del padrón» por «viviendas y locales, del padrón». Esta corrección afecta a la descripción de los datos demográficos y de vivienda que se manejan en el padrón. - En el artículo 9.°, se corrige «Unidades direc. dependiente del Presidente» por «Unidades direc. dependientes del Presidente». Esta corrección es fundamental para la correcta definición de las unidades de gestión dentro de la estructura del Instituto. Estas correcciones no modifican la esencia del Real Decreto, sino que buscan garantizar la precisión y claridad en la redacción de los textos legales. La corrección de errores tipográficos es una práctica común en el derecho público, ya que permite una mejor aplicación y cumplimiento de las normas. En este caso, las correcciones afectan a aspectos funcionales, estructurales y operativos del Instituto Nacional de Estadística, lo que puede influir en la gestión y la ejecución de sus tareas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige errores tipográficos en el texto del Real Decreto 907/1989. Estas correcciones son necesarias para garantizar la precisión de la norma. No se modifican los principios generales del Instituto Nacional de Estadística. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores tipográficos**: Se corrigen errores en varios artículos del Real Decreto. ⚠️ **Impacto en la aplicación de la norma**: Las correcciones afectan la correcta interpretación de las funciones y estructura del Instituto. 📋 **Artículos afectados**: Artículos 4.°, 6.°, 7.° y 9.°. ℹ️ **Relevancia para la gestión institucional**: Las correcciones son importantes para la correcta aplicación de las normas internas del Instituto. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 907/1989, de 21 de julio - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 24 de julio de 1989 - **Materias**: Organización institucional, estadística, derecho público - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1989, que establecía la estructura orgánica del Instituto Nacional de Estadística (INE), surge como una corrección de errores materiales de su texto original publicado. Antes de esta rectificación, la normativa contenía imprecisiones que podían generar dudas interpretativas sobre las funciones y la organización interna del INE. En comparación con otras normativas, tanto a nivel estatal como de Comunidades Autónomas, o incluso directivas de la Unión Europea, la importancia de este tipo de correcciones radica en la claridad y precisión del marco legal. La aprobación de este Real Decreto corresponde al Gobierno central, y su correcta formulación es crucial para el ciudadano, ya que el INE es el organismo encargado de recopilar y difundir estadísticas oficiales que afectan a múltiples aspectos de la vida pública y privada, desde el coste de la vida hasta la demografía. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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