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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 884/1989, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

BOE-A-1989-18908Publicada: 07/08/1989MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 884/1989, de 14 de julio, por el que se a ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 884/1989, de 14 de julio, se corrige para corregir errores en su texto original, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 171, de fecha 19 de julio de 1989. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 884/1989 establece el Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. Dicho decreto fue publicado en el Boletín Oficial del Estado, pero se detectaron errores tipográficos o de redacción en su texto. Para garantizar la correcta aplicación de las normas disciplinarias, se emitió una corrección que se publicó posteriormente. Esta corrección afecta múltiples artículos y párrafos del decreto, corrigiendo errores en la redacción de términos, puntuación y estructura. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La corrección del Real Decreto 884/1989, de 14 de julio, se centra en la corrección de errores en el texto original del Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. Estos errores incluyen errores de redacción, puntuación y uso de mayúsculas, que afectan la claridad y aplicación correcta de las normas disciplinarias. La corrección se realiza mediante la transcripción de las modificaciones necesarias en los artículos y párrafos afectados, manteniendo la estructura general del decreto. En concreto, se corrigen los siguientes errores: - En el artículo 7, número 6, se corrige «Jefe» a «jefe». - En el artículo 7, número 8, se corrige «caso grave de alteración» a «caso de grave alteración». - En el artículo 7, número 14, se corrige «de uniforme» a «del uniforme». - En el artículo 7, número 20, se corrige «actos y ommisiones» a «actos u omisiones». - En el artículo 7, número 21, se corrige «solicitar obtener» a «solicitar u obtener». - En el artículo 10, párrafo 1, se corrige «27,5 de la Ley» a «27.5 de la Ley». - En el artículo 10, párrafo 2, se corrige «Asimismo incurrirán» a «Asimismo, incurrirán». - En el artículo 15, número 2, se corrige «Al mismo tiempo se dejarán» a «Al mismo tiempo, se dejarán». - En el artículo 17, número 1, se corrige «por faltas graves, a los» a «por fahas graves a los dos». - En el artículo 17, número 1, se corrige «por faltas leves, al mes» a «por faltas leves al mes». - En el artículo 18, número 1, se corrige «por faltas muy graves o graves sino» a «por faltas muy graves o graves sino». - En el artículo 20, número 3, se corrige «cada año de forma fehaciente a la» a «cada año de forma fehaciente a la», y «posteriores, en el plazo» a «posteriores en el plazo». - En el artículo 31, número 1, se corrige «Director generaL» a «Director General». - En el artículo 33, número 1, se corrige «el procedimiento, el Director generaL» a «el procedimiento el Director GeneraL». - En el artículo 33, número 1, se corrige «de juicio suficiente» a «de juicio suficientes». - En el artículo 33, número 3, se corrige «Director general» a «Director General». - En el artículo 34, número 1, se corrige «Director general» a «Director General». - En el artículo 34, número 2, se corrige «Director general» a «Director General». - En el artículo 34, número 4, se corrige «suspensión provisional como consecuencia de expediente disciplinario no podrá» a «suspensión provisional, como consecuencia de expediente disciplinario, no podrá». - En el artículo 34, número 6, se corrige «de actividad» a «de activo». - En el artículo 35, se corrige «con respeto a los plazos» a «con respecto a los plazos». - En los artículos 36, 37, 38, 39, 41, 42, se corrige «El instructor» a «El Instructor». - En el artículo 40, se corrige «en el presente capítulo, se dará» a «en el presente capítulo se dará». - En los artículos 43, 44 y 48, se corrige «Director general» a «Director General». - En el artículo 46, número 1, se corrige «provisionales, adoptadas durante» a «provisionales adoptadas durante». - En el artículo 52, número 1, se corrige «inmediatamente con cargo» a «inmediatamente, con cargo». Estas correcciones buscan garantizar que el texto del Real Decreto sea coherente, legible y aplicable correctamente, evitando malentendidos o errores en la interpretación de las normas disciplinarias aplicables al Cuerpo Nacional de Policía. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 884/1989 se corrige para corregir errores en su texto original. Las correcciones afectan múltiples artículos y párrafos, mejorando la claridad y coherencia del documento. Esta corrección es relevante para la aplicación correcta de las normas disciplinarias. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigen errores de redacción, puntuación y uso de mayúsculas en el texto del Real Decreto. ⚠️ **Relevancia**: La corrección es fundamental para garantizar la correcta aplicación de las normas disciplinarias. 📋 **Estructura**: Las correcciones se realizan en múltiples artículos y párrafos del decreto. ℹ️ **Aplicación**: La corrección afecta a la disciplina del Cuerpo Nacional de Policía. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 884/1989 - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 19 de julio de 1989 - **Materias**: Disciplina, Policía, Reglamento - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1989, que regula el régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, surge en un contexto donde la normativa estatal ya establecía las bases del funcionamiento de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, sin perjuicio de las competencias que pudieran tener las Comunidades Autónomas en sus ámbitos específicos. A diferencia de otras CCAA que podrían tener sus propios cuerpos policiales con normativas distintas, este Real Decreto es de ámbito nacional y su aprobación corresponde al Gobierno central, no a las autonomías. La importancia de esta corrección de errores, aunque aparentemente menor, radica en la precisión del lenguaje legal; una coma mal colocada o una mayúscula omitida pueden, en casos extremos, alterar la interpretación de un precepto, afectando directamente a los derechos y deberes de los agentes de policía y, por ende, a la seguridad jurídica del ciudadano. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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