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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1170/1989, de 8 de septiembre, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña en materia de Protección de Menores.

BOE-A-1989-23066Publicada: 29/09/1989MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1170/1989, de 8 de septiembre, sobre ampliación de medios adscritos ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1170/1989, de 8 de septiembre, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para ampliar los medios adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a la Generalidad de Cataluña, calculados en función del presupuesto del Estado para 1989. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1292/1981, de 5 de junio, traspasó a la Generalidad de Cataluña funciones y servicios de protección de menores del Estado. La Ley 21/1987, de 11 de noviembre, en su disposición adicional primera, encomienda a las Comunidades Autónomas con competencias en protección de menores cometidos específicos. El Real Decreto 1666/1980, de 31 de julio, estableció las normas para la transferencia de funciones del Estado a Cataluña. En este contexto, la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía para Cataluña, consideró necesario ampliar los medios adscritos a los servicios traspasados en materia de protección de menores. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1170/1989, de 8 de septiembre, se basa en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía para Cataluña, que establece la Comisión Mixta de Transferencias para la gestión de la transferencia de funciones del Estado a la Generalidad de Cataluña. Dicha Comisión, en su reunión del 19 de julio de 1989, adoptó un acuerdo para ampliar los medios adscritos a los servicios de protección de menores traspasados, calculados en función del presupuesto del Estado para 1989. El Real Decreto aprueba este acuerdo, que tiene una vigencia de cinco años, según lo establecido en el artículo 1.º del Real Decreto 1666/1980, de 31 de julio, que regula las transferencias de funciones y servicios del Estado a las Comunidades Autónomas. El acuerdo de la Comisión Mixta establece la ampliación de medios personales, materiales y presupuestarios para los servicios de protección de menores traspasados a la Generalidad de Cataluña. Los datos se calculan en función del presupuesto del Estado para 1989, expresado en pesetas. Se detalla el crédito presupuestario para los servicios periféricos, incluyendo la sección 13 (Servicio 03, Programa 142 A) y la sección 27 (Servicio 04, Programa 145 A). En la sección 13, se detallan los artículos 12 y 16, con importes de 5.974.850 y 1.971.701 pesetas, respectivamente, sumando un total de 7.946.551 pesetas. En la sección 27, los artículos 13 y 16 tienen importes de 59.204.118 y 17.761.235 pesetas, sumando un total de 76.965.353 pesetas. El total del capítulo I es de 84.911.904 pesetas. El Real Decreto establece que la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía para Cataluña, tiene la competencia para decidir sobre la ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados, siempre que se ajuste a los principios de eficacia, eficiencia y equidad. Además, se establece que el acuerdo debe ser aprobado por el Gobierno mediante Real Decreto, lo cual se cumple en este caso con la aprobación del 8 de septiembre de 1989. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1170/1989 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para ampliar los medios adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a la Generalidad de Cataluña. Se detalla el crédito presupuestario en función del presupuesto del Estado para 1989. El acuerdo se aprobó en cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de Autonomía para Cataluña. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de medios**: El Real Decreto aprueba la ampliación de medios adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a la Generalidad de Cataluña. ⚠️ **Presupuesto del Estado**: Los medios se calculan en función del presupuesto del Estado para 1989, expresado en pesetas. 📋 **Estructura del acuerdo**: El acuerdo de la Comisión Mixta se detalla en secciones y artículos, con importes específicos. ℹ️ **Vigencia y aprobación**: El acuerdo tiene una vigencia de cinco años y fue aprobado por el Gobierno mediante Real Decreto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Normativa de transferencia de funciones - **Fecha**: 8 de septiembre de 1989 - **Materias**: Protección de menores, transferencia de funciones, presupuesto, Comisión Mixta de Transferencias - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto 1170/1989, protección de menores, transferencia de funciones, Comisión Mixta, presupuesto, Cataluña ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1989, la protección de menores en Cataluña ya estaba en manos de la Generalitat desde 1981, gracias a un traspaso de funciones y servicios estatales. Esta norma actualiza y amplía los medios adscritos a dicha competencia, complementando lo establecido por la Ley 21/1987 que, a nivel estatal, encomendaba tareas de tutela y acogimiento a las Comunidades Autónomas con competencias. A diferencia de otras CCAA que pudieron haber recibido transferencias de forma distinta o posterior, este Real Decreto se centra específicamente en Cataluña, aprobando un acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias. Para el ciudadano catalán, esta diferencia importa porque asegura una dotación de recursos adecuada y actualizada para los servicios de protección de menores, garantizando una atención más efectiva a los niños y adolescentes en situación de desamparo o riesgo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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