Orden de 18 de septiembre de 1989 por la que se aprueba la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Tomate, Pimiento y Berenjena en el Seguro Agrario Combinado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de septiembre de 1989 por la que se aprueba la Norma Específica para ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 18 de septiembre de 1989 establece la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Tomate, Pimiento y Berenjena en el Seguro Agrario Combinado, con el objetivo de definir criterios para evaluar los daños causados en estos cultivos. 2. **CONTEXTO** Esta norma se emite en cumplimiento de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1985, que creó una Comisión para elaborar normas de peritación de siniestros del Seguro Agrario Combinado. Se basa en el Real Decreto 2329/1979, que regula el seguro agrario combinado. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente de su publicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 18 de septiembre de 1989 aprueba una Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Tomate, Pimiento y Berenjena en el Seguro Agrario Combinado, que se incluye como anexo. Esta norma se fundamenta en el artículo 26 del Real Decreto 2329/1979, que establece el Reglamento para la aplicación de la Ley 87/1978 de Seguros Agrarios Combinados. La norma específica se desarrolla como parte del marco legal del seguro agrario combinado, y su objetivo es establecer las líneas de actuación que deben tenerse en cuenta en la peritación de daños ocasionados sobre las producciones de estos cultivos. El ámbito de aplicación de la norma se extiende a la evaluación de daños en frutos de tomate, pimiento y berenjena, con criterios específicos para cada tipo de daño. La norma establece una clasificación de los daños según su gravedad, con diferentes grados de depreciación, que se aplican a frutos con tamaño comercial. Por ejemplo, los daños superficiales con deformación leve se clasifican en el grupo I, con depreciación del 0-15% o 0-20%, mientras que los daños con deformación grave se clasifican en el grupo IV, con depreciación del 100%. Además, se establece que las lesiones incisas superficiales afectan a una profundidad máxima de 5 milímetros, y si las lesiones afectan a una profundidad superior, se asimilarán al grupo siguiente. En el caso de la berenjena, se establece una tabla específica para la pérdida por helada, donde los frutos con clara sintomatología de helada se consideran con depreciación del 100%, y en casos donde no se presenta claramente la sintomatología, se requiere que los ápices y partes vegetativas cercanas estén necrosados. La norma también menciona que las deducciones a aplicar por el aprovechamiento residual de los frutos no aptos para consumo se determinan según el apartado 5.2.5 de esta norma. La norma se aplica a la peritación de siniestros en cultivos de tomate, pimiento y berenjena, y se publica en el Boletín Oficial del Estado, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1989 establece una norma específica para la peritación de daños en cultivos de tomate, pimiento y berenjena. Define criterios para evaluar los daños según su gravedad y establece tablas de depreciación. La norma se aplica en el marco del Seguro Agrario Combinado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Norma específica para peritación de daños en cultivos de tomate, pimiento y berenjena** ⚠️ **Criterios de depreciación según gravedad del daño** 📋 **Clasificación de daños con tablas de porcentajes de depreciación** ℹ️ **Aplicación en el marco del Seguro Agrario Combinado** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 18 de septiembre de 1989 - **Tipo**: Norma específica - **Fecha**: 18 de septiembre de 1989 - **Materias**: Seguro agrario combinado, peritación de siniestros, cultivo de tomate, pimiento y berenjena - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1989, aprobada por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Agricultura, Pesca y Alimentación, establece un procedimiento específico para la peritación de siniestros en cultivos de tomate, pimiento y berenjena dentro del marco del Seguro Agrario Combinado. Anteriormente, existía una Norma General de Peritación de Siniestros de 1986, pero esta norma detalla aspectos concretos para estos cultivos, tanto para consumo en fresco como para industria. A diferencia de otras normativas autonómicas que podrían haber desarrollado criterios propios, esta norma es de ámbito estatal y se enmarca en la legislación general de seguros agrarios, sin que haya constancia de una oposición significativa por parte de las organizaciones agrarias o aseguradoras en su momento. La importancia para el ciudadano agricultor radica en la claridad y uniformidad del proceso de tasación de daños, lo que facilita la correcta y justa indemnización en caso de siniestro. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────