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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 18 de septiembre de 1989 por la que se modifica la de 13 de septiembre de 1988, que aprueba la norma específica para la peritación de siniestros del cultivo de cereales de primavera en el Seguro Agrario Combinado.

BOE-A-1989-22650Publicada: 22/09/1989MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de septiembre de 1989 por la que se modifica la de 13 de septiembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 18 de septiembre de 1989 modifica la Orden de 13 de septiembre de 1988, que establecía normas específicas para la peritación de siniestros en el cultivo de cereales de primavera en el Seguro Agrario Combinado. La modificación busca mejorar la precisión en la evaluación de daños y la tasación de siniestros. **2. CONTEXTO** La Orden de 13 de septiembre de 1988 establecía criterios para la peritación de siniestros en cultivos de cereales de primavera. Sin embargo, su aplicación en la práctica reveló dificultades en su cumplimiento, afectando tanto la calidad de las peritaciones como la precisión de las tasaciones. Por ello, se decidió realizar modificaciones para mejorar la exactitud en la evaluación de daños. La Orden de 1989 introduce cambios con el objetivo de dar un nuevo impulso al sistema de peritación, asegurando una mayor precisión en la evaluación de los daños y en la consecuente tasación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 18 de septiembre de 1989, publicada en el Boletín Oficial del Estado, modifica la Orden de 13 de septiembre de 1988, que establecía normas específicas para la peritación de siniestros en el cultivo de cereales de primavera en el Seguro Agrario Combinado. La modificación se realiza en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26 del Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados. Esta norma fue aprobada tras la constitución de una Comisión por el Ministerio de Economía y Hacienda en 1985, con el objetivo de elaborar el Seguro Agrario Combinado. La modificación se lleva a cabo tras escuchar las opiniones de las Organizaciones y Asociaciones de Agricultores, así como las Entidades aseguradoras, y a propuesta conjunta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Agricultura, Pesca y Alimentación. La modificación afecta principalmente al anexo de la Orden de 1988, que establece los criterios para la peritación de siniestros. En concreto, se modifica el apartado 5.2.1, que establece las muestras mínimas a tomar en cada fase del cultivo. Se actualiza la tabla de muestras mínimas según la fase del cultivo, con valores específicos para cada etapa, como floración, postfloración, láctea, láctea-cerosa, cerosa, cerosa-harinosa, harinosa y vitrea. Estos valores se presentan en forma de tablas, donde se indica el número de unidades muestrales necesarias para cada fase. Por ejemplo, en la fase de floración, se indican valores como 25, 34, 43, 54, 65, 78, etc., según el tamaño de la parcela. En la fase de postfloración, se establecen valores como 4, 11, 13, 19, 27, 32, 40, 50, 57, 66, entre otros. Estos valores se ajustan para garantizar una evaluación más precisa de los daños en cada etapa del cultivo. Además, se elimina la nota que figura al pie de la Tabla 2, que se utilizaba para calcular los daños por lesiones en el tallo del maíz. Esta nota se elimina con el objetivo de simplificar el cálculo y mejorar la claridad en la aplicación de los criterios de peritación. La nueva norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que permite una aplicación inmediata de las modificaciones en el sistema de peritación de siniestros. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1989 modifica la normativa de peritación de siniestros en cereales de primavera, con el objetivo de mejorar la precisión en la evaluación de daños. Se actualizan los criterios de muestreo y se elimina una nota de la tabla de cálculo de daños. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de normativa**: Se actualiza la norma específica para la peritación de siniestros en cereales de primavera. ⚠️ **Dificultades en la aplicación**: La norma original presentaba dificultades en su cumplimiento, lo que justificó su modificación. 📋 **Criterios de muestreo**: Se establecen nuevos valores para la toma de muestras según la fase del cultivo. ℹ️ **Eliminación de nota**: Se elimina una nota de la tabla de cálculo de daños para simplificar su aplicación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma específica - **Fecha**: 18 de septiembre de 1989 - **Materias**: Seguro Agrario Combinado, peritación de siniestros, evaluación de daños - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1989 surge como una modificación a una norma previa de 1988, ambas de ámbito nacional y centradas en el Seguro Agrario Combinado para cereales de primavera. La normativa estatal, a través del Real Decreto 2329/1979, establece el marco general para estos seguros, mientras que las directivas de la UE marcan pautas generales para el sector asegurador. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener normativas específicas en desarrollo agrícola, esta orden es de aplicación estatal, aprobada por los Ministerios de Economía y Hacienda y Agricultura, Pesca y Alimentación, tras consultar a organizaciones agrarias y aseguradoras. La diferencia es crucial para el ciudadano agricultor, ya que una peritación más exacta y una tasación precisa de los daños garantizan una indemnización más justa y ajustada a la realidad de las pérdidas sufridas en sus cultivos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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