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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 13 de septiembre de 1989 sobre composición y funcionamiento de la Junta de Compras del Organismo autónomo Instituto de la Mujer.

BOE-A-1989-22394Publicada: 18/09/1989MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de septiembre de 1989 sobre composición y funcionamiento de la Junta ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 13 de septiembre de 1989 establece la composición y funcionamiento de la Junta de Compras del Instituto de la Mujer, órgano autónomo dependiente del Ministerio de Asuntos Sociales. **2. CONTEXTO** El Instituto de la Mujer fue creado por la Ley 16/1983, de 24 de octubre, y se adscribe al Ministerio de Asuntos Sociales mediante el Real Decreto 791/1988, de 20 de julio. Para mejorar la agilidad en la tramitación de los expedientes de contratación administrativa, se establece la Junta de Compras. Esta orden regula su estructura, funciones y procedimientos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 13 de septiembre de 1989 establece la composición y funcionamiento de la Junta de Compras del Instituto de la Mujer, órgano autónomo dependiente del Ministerio de Asuntos Sociales. La Junta de Compras se compone de un presidente, vicepresidente y vocales, según se detalla en el primer punto. El presidente es el director general, el vicepresidente el secretario general, y los vocales son representantes de cada subdirección general. El secretario es el jefe de sección de gestión de presupuestos. En ausencia del presidente, el vicepresidente lo sustituye en todos los efectos. El presidente puede incorporar a asesores, sin voto, en reuniones de la Junta, si se considera conveniente por la especialización de los asuntos o la naturaleza de las adquisiciones. En el cuarto punto, se establece que, cuando la Junta se constituya en mesa de contratación, formará parte del órgano el abogado del Estado, jefe de los servicios jurídicos del Ministerio de Asuntos Sociales, y el intérprete delegado de la Intervención General de la Administración del Estado en el Instituto de la Mujer. Las atribuciones de la Junta de Compras se basan en el Decreto 3186/1968, de 26 de diciembre, y en el reglamento general de contratación del Estado, según lo encomendado al director general del Instituto. Se le asignan todos los créditos presupuestarios correspondientes a sus funciones. En el sexto punto, se delegan las funciones relacionadas con el material de oficina no inventario en el Servicio de Coordinación y Regimen Interior, que actúa bajo las instrucciones de la Junta de Compras. En el séptimo punto, las relaciones de adquisición de material mobiliario y de oficina inventario se remiten al Servicio Central de Suministros a través de la secretaría de la Junta de Compras. En el octavo punto, las propuestas de compra de equipos informáticos y de automatización de oficinas, incluso cuando se refieran a equipos sometidos al régimen de adquisición centralizada, deben ser informadas por la Comisión Ministerial de Informática, con carácter previo a su elevación a la Junta de Compras. La presente orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1989 establece la estructura y funciones de la Junta de Compras del Instituto de la Mujer, con el objetivo de agilizar la tramitación de contrataciones. La Junta se compone de varios cargos y tiene atribuciones delegadas en distintos servicios. La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Composición de la Junta de Compras**: Presidente, vicepresidente, vocales y secretario. ⚠️ **Funciones delegadas**: Al Servicio de Coordinación y Regimen Interior y al Servicio Central de Suministros. 📋 **Procedimiento de contratación**: Requisito de informe previo de la Comisión Ministerial de Informática. ℹ️ **Vigencia**: Entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 13 de septiembre de 1989 - **Materias**: Contratación pública, administración pública, instituciones públicas - **Relevancia**: ALTA - **Resumen**: La norma establece la estructura y funciones de la Junta de Compras del Instituto de la Mujer, con el objetivo de mejorar la eficiencia en la tramitación de contrataciones. La Junta se compone de varios cargos y tiene atribuciones delegadas en distintos servicios. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1989, la contratación administrativa del Instituto de la Mujer, creado en 1983, se regía por normativas generales de contratación del Estado, como el Decreto 3186/1968, sin una estructura específica para sus compras. Esta Orden, aprobada por el Ministro para las Administraciones Públicas, establece una Junta de Compras con una composición definida y atribuciones concretas, delegando algunas funciones y estableciendo procedimientos para ciertos tipos de adquisiciones, como equipos informáticos. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propios órganos de contratación, esta normativa es de ámbito estatal y busca agilizar la tramitación, lo que importa al ciudadano al poder influir en la eficiencia y transparencia de los procesos de adquisición de bienes y servicios para el Instituto, afectando indirectamente a la disponibilidad y calidad de los recursos públicos destinados a sus fines. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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