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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal.

BOE-A-1989-21676Publicada: 05/09/1989MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1066/1989 establece el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, con el objetivo de regular los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas de telecomunicaciones, garantizando su compatibilidad con el régimen de libertad de comercio y el uso racional del dominio público radioeléctrico. 2. **CONTEXTO** La entrada de España en la Comunidad Económica Europea (CEE) y la aprobación de la Ley 31/1987 supusieron un cambio significativo en el régimen jurídico de las telecomunicaciones. Las Directivas CEE 83/189, 86/361 y 88/301 introdujeron un marco regulatorio que exigía una normativa específica para regular los equipos y dispositivos de telecomunicaciones. Esta normativa debía garantizar la compatibilidad con el régimen de libertad de comercio y la protección del dominio público radioeléctrico. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1066/1989 se fundamenta en el artículo 29 de la Ley 31/1987, que establece la necesidad de regular los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas de telecomunicaciones. El objetivo principal es garantizar que su uso en régimen de libertad de comercio no afecte el normal funcionamiento de las redes de telecomunicación y el uso racional del dominio público radioeléctrico. Para ello, se establecen normas precisas en concordancia con las Directivas de la CEE, que exigen la elaboración de especificaciones técnicas, el procedimiento de obtención del certificado de cumplimiento y la acreditación de laboratorios para realizar las pruebas necesarias. El Real Decreto establece que los laboratorios acreditados deben cumplir con determinados requisitos técnicos y organizativos, como la existencia de áreas de trabajo y almacenamiento adecuadas, con acceso restringido y condiciones ambientales controladas. Además, se exige la documentación de los procedimientos de ensayo, la definición de sistemas para detectar y corregir deficiencias en los ensayos, y la garantía de la confidencialidad de la documentación suministrada por el cliente. También se establece la necesidad de que los laboratorios dispongan de manuales, instrucciones y reglamentaciones de trabajo, actualizados y accesibles para el personal. El Real Decreto 1066/1989 se basa en el artículo 29 de la Ley 31/1987, que establece la necesidad de regular los equipos y dispositivos de telecomunicaciones. El artículo 29, punto 1, establece que los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas de telecomunicaciones deben cumplir con determinados requisitos técnicos y de seguridad, para garantar su compatibilidad con el régimen de libertad de comercio y el uso racional del dominio público radioeléctrico. Para ello, se establecen normas precisas que regulan la elaboración de las especificaciones técnicas, el procedimiento de obtención del certificado de cumplimiento y la acreditación de laboratorios para realizar las pruebas necesarias. El Real Decreto 1066/1989 establece que los laboratorios acreditados deben cumplir con requisitos específicos, como la existencia de áreas de trabajo y almacenamiento adecuadas, con acceso restringido y condiciones ambientales controladas. Además, se exige la documentación de los procedimientos de ensayo, la definición de sistemas para detectar y corregir deficiencias en los ensayos, y la garantía de la confidencialidad de la documentación suministrada por el cliente. También se establece la necesidad de que los laboratorios dispongan de manuales, instrucciones y reglamentaciones de trabajo, actualizados y accesibles para el personal. El Real Decreto 1066/1989 se fundamenta en el artículo 29 de la Ley 31/1987, que establece la necesidad de regular los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas de telecomunicaciones. El objetivo principal es garantizar que su uso en régimen de libertad de comercio no afecte el normal funcionamiento de las redes de telecomunicación y el uso racional del dominio público radioeléctrico. Para ello, se establecen normas precisas en concordancia con las Directivas de la CEE, que exigen la elaboración de especificaciones técnicas, el procedimiento de obtención del certificado de cumplimiento y la acreditación de laboratorios para realizar las pruebas necesarias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1066/1989 regula los equipos y dispositivos de telecomunicaciones, estableciendo normas para su certificación y acreditación de laboratorios. Su objetivo es garantizar la compatibilidad con el régimen de libertad de comercio y el uso racional del dominio público radioeléctrico. Es una norma clave en el marco regulatorio de las telecomunicaciones en España. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de equipos de telecomunicaciones**: Establece normas para garantizar la compatibilidad con el régimen de libertad de comercio. ⚠️ **Acreditación de laboratorios**: Exige que los laboratorios cumplan con requisitos técnicos y organizativos específicos. 📋 **Documentación y procedimientos**: Requiere la documentación de los procedimientos de ensayo y la definición de sistemas para detectar y corregir deficiencias. ℹ️ **Confidencialidad y condiciones ambientales**: Garantiza la confidencialidad de la documentación del cliente y establece condiciones ambientales controladas en las áreas de ensayo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1066/1989 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 28 de agosto de 1989 - **Materias**: Telecomunicaciones, normativa técnica, certificación, dominio público radioeléctrico - **Relevancia**: ALTA - **Resumen**: Regula los equipos y dispositivos de telecomunicaciones, estableciendo normas para su certificación y acreditación de laboratorios, con el objetivo de garantizar la compatibilidad con el régimen de libertad de comercio y el uso racional del dominio público radioeléctrico. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la normativa sobre equipos de telecomunicaciones en España estaba sujeta a un régimen más restrictivo, previo a la plena integración en el mercado único europeo. La Ley 31/1987 supuso un primer paso para alinear la legislación nacional con las directivas de la Comunidad Económica Europea (CEE) sobre la liberación del mercado y la libre conexión de equipos a las redes. Este Real Decreto, aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, desarrolla esa ley, estableciendo un marco normativo específico para la certificación de equipos, algo que no existía de forma tan detallada previamente. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que garantiza que los equipos que se conectan a las redes cumplen con estándares técnicos, asegurando el correcto funcionamiento de las telecomunicaciones y protegiendo el espectro radioeléctrico, a la vez que facilita la libre circulación y uso de aparatos homologados. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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