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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley Foral 9/1989, de 8 de junio, de modificación del articulo 27, número 4, apartado b), y del último párrafo del artículo 39, de la Ley Foral 3/1989, de 2 de mayo, de Presupuestos Generales de Navarra, para el ejercicio de 1989.

BOE-A-1989-23733Publicada: 09/10/1989COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Ley Foral 9/1989, de 8 de junio, de modificación del articulo 27, número 4, apar ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley Foral 9/1989 modifica el artículo 27, número 4, apartado b), y el último párrafo del artículo 39 de la Ley Foral 3/1989, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio de 1989, alargar el plazo para la remisión de presupuestos y cierres de cuentas por parte de los ayuntamientos y concejos. 2. **CONTEXTO** La Ley Foral 3/1989 establecía una fecha límite de 15 de mayo de 1989 para que los ayuntamientos y concejos remitieran sus presupuestos y cierres de cuentas. Sin embargo, se consideró que este plazo era excesivamente ajustado, lo que generaba dificultades para el cumplimiento de las obligaciones. Por ello, se aprobó una ley foral para modificar dicha fecha, permitiendo un plazo más realista. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley Foral 9/1989, de 8 de junio, modifica específicamente el artículo 27, número 4, apartado b), y el último párrafo del artículo 39 de la Ley Foral 3/1989, de 2 de mayo, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio de 1989. En concreto, se cambia la fecha de 15 de mayo de 1989 por la de 30 de junio de 1989, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en dichos preceptos. Según el texto de la Ley Foral 3/1989, el artículo 27, número 4, apartado b), establecía que los ayuntamientos y concejos debían remitir sus presupuestos y cierres de cuentas al Gobierno de Navarra antes del 15 de mayo de 1989. El último párrafo del artículo 39 mencionaba las consecuencias de no cumplir con dicha fecha, incluyendo posibles sanciones o medidas de carácter administrativo. La Ley Foral 9/1989, en su artículo único, modifica estos términos, sustituyendo la fecha de 15 de mayo por la de 30 de junio. Esto se hace en consideración a la dificultad que presentaba el plazo original, ya que se consideraba excesivamente ajustado. La modificación no altera el resto de los preceptos, manteniéndose las obligaciones generales de remisión de presupuestos y cierres de cuentas. La disposición final establece que la nueva ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, y sus efectos se producirán a partir de la entrada en vigor de la Ley Foral 3/1989. Esto significa que la modificación se aplicará a partir del momento en que la Ley Foral 3/1989 entró en vigor, lo que permitirá una transición ordenada y evitará conflictos de aplicación. La promulgación de esta ley fue realizada por el Presidente del Gobierno de Navarra, Gabriel Urralburu Tainta, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amelioramiento del Régimen Foral de Navarra. La ley fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra el 17 de junio de 1989, en el número 72. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley Foral 9/1989 modifica el plazo para la remisión de presupuestos y cierres de cuentas por parte de los ayuntamientos y concejos, alargando la fecha límite de 15 de mayo a 30 de junio de 1989. Esta modificación busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Foral 3/1989. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de plazo**: Se cambia la fecha de 15 de mayo a 30 de junio de 1989 para permitir un cumplimiento más realista. ⚠️ **Consideración de dificultad**: Se reconoce que el plazo original era excesivamente ajustado. 📋 **Mantención de otros preceptos**: No se alteran las obligaciones generales, solo se modifica la fecha. ℹ️ **Vigencia**: La ley entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Foral (Navarra) - **Fuente**: Ley Foral 9/1989 - **Tipo**: Ley Foral - **Fecha de entrada en vigor**: 17 de junio de 1989 - **Materias**: Presupuestos, administración local, gestión financiera - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: presupuestos, cierres de cuentas, plazo, ayuntamientos, concejos, Navarra ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Ley Foral de Navarra modifica plazos establecidos en su Ley de Presupuestos Generales de 1989, concretamente el 15 de mayo, para que ayuntamientos y concejos remitieran sus presupuestos y cierres de cuentas. Anteriormente, la normativa foral fijaba esa fecha, pero se consideró excesivamente ajustada. La modificación, aprobada por el Parlamento de Navarra y promulgada por su Presidente, extiende este plazo al 30 de junio de 1989. Si bien la normativa estatal o directivas europeas no suelen detallar plazos tan específicos para la remisión de presupuestos locales, la diferencia en la flexibilidad de estos plazos puede importar al ciudadano al afectar la agilidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos locales, permitiendo una mejor planificación y cumplimiento de las obligaciones administrativas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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