Orden de 6 de octubre de 1989 por la que se determinan los municipios afectados por el Real Decreto 1113/1989, de 15 de septiembre, en las provincias de Albacete, Alicante, Almería, Castellón, Córdoba, Granada, Sevilla, Valencia y las Comunidades Autónomas de las Islas Baleares y de la Región de Murcia.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 6 de octubre de 1989 por la que se determinan los municipios afectados ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1113/1989, de 15 de septiembre, establece medidas urgentes para reparar los daños causados por lluvias torrenciales e inundaciones en varias provincias y comunidades autónomas. La Orden de 6 de octubre de 1989 determina los municipios afectados por dicho real decreto. 2. **CONTEXTO** En septiembre de 1989, se produjeron lluvias torrenciales e inundaciones en las provincias de Albacete, Alicante, Almería, Castellón, Córdoba, Granada, Sevilla, Valencia y en las comunidades autónomas de las Islas Baleares y la Región de Murcia. Estas condiciones generaron graves daños en el territorio. Para abordar esta situación, el gobierno aprobó el Real Decreto 1113/1989, que establece medidas de emergencia. Para precisar cuáles municipios están afectados, se emitió la Orden de 6 de octubre de 1989. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 6 de octubre de 1989, publicada en el Boletín Oficial del Estado, determina los municipios afectados por el Real Decreto 1113/1989, de 15 de septiembre. Dicho real decreto establece medidas urgentes para reparar los daños causados por las lluvias y las inundaciones ocurridas entre los días 5, 6 y 7 de septiembre. En su artículo 1.1, se establece que el Ministerio del Interior debe determinar los términos municipales o las áreas de los mismos a los que se aplicará lo dispuesto en el real decreto. En virtud de ello, el Ministerio ha dispuesto la Orden que detalla los municipios afectados. En el artículo 1 de la Orden, se detallan los municipios afectados en las provincias de Albacete, Alicante, Almería, Castellón, Córdoba, Granada, Sevilla, Valencia, así como en las comunidades autónomas de las Islas Baleares y la Región de Murcia. Por ejemplo, en la provincia de Albacete, los municipios afectados incluyen Albatana, Almanza, Alpera, Fereza, Fuentealamo, Hellín, Montealegre del Castillo, Ontur, Socovos y Tobarra. En la provincia de Alicante, se incluyen municipios como Adsúbia, Agost, Agres, Aigues, Albatera, Alcalalí, Alcocer de Planes, Alcoy, Alfafara, Alfaz del Pi, Algorfa, Algueña, Alicante, Almoradi, Almudaina, Alquería de Aznar, Altea, Aspe, Balones, Bañeres, Benasau, Benajama, Benajuzar, Benifallim, Benifato, Benijofar, Benilloba, Benillup, Benimante, Benimarfull, Benimasot, Benimeli, Benissa, Benitachell, Biar, Bigastro, Bolulla, Busot, Calpe, Callosa de Segura, El Campello, Campo de Mirra, Cañada, Castalla, Castell de Castells, Catral, Concentaina, Confrides, Cox, Crevilmente, Cuatretonda, Daya Nueva, Daya Vieja, Denia, Dolores, Elche, Elche, Elda, Facheca, Famorca, Finestrat, Formentera del Segura, Gata de Gorgos, Gayanes, Gorga, Granja de Rocamora, Guadalest, Guardamar de Segura, y otros. En el artículo 2, se establece que los municipios determinados en el artículo 1 estarán sujetos a las medidas dispuestas en el Real Decreto 1113/1989, en relación con los daños sufridos por cada uno de ellos. Además, se menciona que también pueden aplicarse otras disposiciones que tengan por objeto contribuir a la reparación de los daños causados. En el artículo 3, se establece que la presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La Orden fue firmada en Madrid, el 6 de octubre de 1989, por Corcuera Cuesta. Esta norma tiene una finalidad de carácter urgente y de protección de los derechos de los ciudadanos afectados por los daños causados por las lluvias y las inundaciones. Se trata de una norma de aplicación limitada en el tiempo, ya que se aplicará solo a los municipios afectados y solo durante el periodo en que se estén realizando las medidas de reparación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 6 de octubre de 1989 determina los municipios afectados por el Real Decreto 1113/1989, que establece medidas urgentes para reparar los daños causados por lluvias e inundaciones. La norma se aplica solo a los municipios mencionados y entra en vigor al ser publicada. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Determinación de municipios afectados**: La Orden establece una lista detallada de municipios afectados por el Real Decreto 1113/1989. ⚠️ **Aplicación limitada**: La norma solo se aplica a los municipios mencionados y durante el periodo de reparación. 📋 **Urgencia y protección**: Se trata de una norma de urgencia con finalidad de protección de los derechos de los ciudadanos afectados. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden de 6 de octubre de 1989 - **Tipo**: Orden - **Fecha**: 6 de octubre de 1989 - **Materias**: Daños por inundaciones, medidas urgentes, municipios afectados - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden de 1989, aprobada por el Ministerio del Interior, concreta los municipios afectados por un Real Decreto anterior que declaraba medidas urgentes para reparar daños por lluvias e inundaciones. Antes de esta orden, el Real Decreto 1113/1989 establecía la necesidad de determinar qué municipios se beneficiarían de dichas medidas, sin especificarlos. La normativa estatal, en este caso, actuaba de forma centralizada para atender una emergencia. A diferencia de otras CCAA que podrían tener sus propios mecanismos de gestión de catástrofes, aquí se aplicaba un criterio nacional. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que esta orden concreta y delimita quiénes, en esas provincias y comunidades autónomas, tendrían acceso a las ayudas y recursos destinados a la reparación de los daños sufridos, garantizando así la aplicación efectiva de las medidas de emergencia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────