Ley 6/2022, de 5 de agosto, de archivos y gestión documental de las Illes Balears.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** La Ley 6/2022, de 5 de agosto, es la norma que regula los archivos públicos y la gestión de documentos en las Illes Balears. Sustituye a una ley anterior de 2006 que había quedado desfasada, y adapta el sistema archivístico de la comunidad autónoma a la realidad actual, donde la administración trabaja cada vez más con documentos electrónicos en lugar de papel. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a todas las administraciones públicas de las Illes Balears —Govern, consejos insulares y ayuntamientos—, que están obligadas a organizar, conservar y gestionar correctamente sus documentos. También afecta a los ciudadanos, en la medida en que esta ley reconoce y regula su derecho a acceder a los documentos y archivos en manos de la administración. **¿Qué cambia o establece?** La ley actualiza la estructura del Sistema Archivístico de las Illes Balears para incluir el documento electrónico como parte central de la gestión documental, estableciendo que los documentos deben clasificarse y describirse desde el momento en que se crean y conservarse en un Archivo Electrónico Único. Además, refuerza la protección del patrimonio documental histórico de las islas, fija reglas claras sobre cómo evaluar qué documentos se conservan y cuáles pueden destruirse, simplifica el acceso ciudadano a los archivos históricos, y establece un régimen de inspección, infracciones y sanciones para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones.
💬 Contexto ciudadano
El sistema de archivos de Baleares se regía por la Ley 15/2006 de Archivos y Patrimonio Documental, que no reflejaba la transformación digital de la gestión documental ni las nuevas exigencias del Reglamento Europeo de Protección de Datos. Esta Ley actualiza el marco archivístico balear, estableciendo el Sistema d'Arxius de les Illes Balears, las categorías de archivos públicos —del Estado, autonómicos, municipales, insulares—, los plazos de conservación, los criterios de acceso y las obligaciones de gestión documental electrónica. La norma da respuesta a la acumulación de documentación pública en formato digital —correos electrónicos, expedientes electrónicos— cuya gestión y conservación no estaba contemplada en la legislación de 2006.