Orden de 9 de octubre de 1989 por la que se crea la Comisión Organizadora de la Presencia Española en la Feria del Libro de Francfort 1991.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 9 de octubre de 1989 por la que se crea la Comisión Organizadora de la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 9 de octubre de 1989 crea la Comisión Organizadora de la Presencia Española en la Feria del Libro de Frankfurt 1991, con el objetivo de coordinar y organizar las actividades culturales y editoriales que España realizará en la Feria. **2. CONTEXTO** La Feria del Libro de Frankfurt es reconocida internacionalmente como la muestra mundial de edición más significativa. En 1991, España fue designada como país tema central. Dada la importancia comercial y cultural de la Feria, se decidió crear una comisión temporal para coordinar la presencia española. Esta comisión integrará organismos públicos y privados relacionados con la edición. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 9 de octubre de 1989 establece la creación de la Comisión Organizadora de la Presencia Española en la Feria del Libro de Frankfurt 1991, dependiente del Ministerio de Cultura. Esta comisión tiene como misión principal la programación y coordinación de las actividades que España llevará a cabo en el marco de la Feria. La comisión está compuesta por representantes de organismos públicos y privados relacionados con la edición, incluyendo la Embajada de España en Alemania, el Director de la Feria, presidentes de federaciones de editores y libreros, y un coordinador general designado por el Ministerio de Cultura. Las funciones de la comisión incluyen la aprobación del programa de actividades, la promoción y coordinación de las actuaciones necesarias para su ejecución, y la posibilidad de recabar la colaboración de distintos centros directivos y organismos autónomos del Ministerio de Cultura. Además, la comisión podrá promover la participación de cualquier órgano de la Administración o de entidades públicas y privadas interesadas en el desarrollo de la cultura editorial. Los miembros no pertenecientes a la Administración del Estado serán compensados por los gastos que realicen y justifiquen, causados por la asistencia a reuniones de la comisión, percibiendo asimismo las remuneraciones que, en su caso, se establezcan mediante contratación celebrada al amparo del Real Decreto 1465/1985, de 17 de julio. La comisión quedarán extinguida una vez cumplidos sus objetivos y celebrados los actos que determinan su creación. En lo no previsto por la presente disposición, el funcionamiento de la comisión se regulará por lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo en materia de órganos colegiados. La Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. La Orden fue firmada por el Ministro Zapatero Gómez, junto con los Ministros de Asuntos Exteriores, de Transportes, Turismo y Comunicaciones, y de Cultura. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden crea una comisión temporal para coordinar la participación de España en la Feria del Libro de Frankfurt 1991. Esta comisión está compuesta por representantes de organismos públicos y privados relacionados con la edición. La comisión se extingue una vez cumplidos sus objetivos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión Organizadora**: Se establece una comisión temporal para coordinar la presencia española en la Feria del Libro de Frankfurt 1991. ⚠️ **Funciones de la Comisión**: Aprobar el programa de actividades y promover la coordinación de las actuaciones necesarias. 📋 **Composición de la Comisión**: Incluye representantes de la Embajada de España, editores, libreros, y expertos en el mundo editorial. ℹ️ **Extinción de la Comisión**: Se extingue una vez cumplidos sus objetivos y celebrados los actos que determinan su creación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 9 de octubre de 1989 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 9 de octubre de 1989 - **Materias**: Cultura, edición, Feria del Libro, cooperación internacional - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Comisión Organizadora, Feria del Libro, Frankfurt, Cultura, Editores, Librerías, Ministerio de Cultura, España, Alemania, Orden Ministerial, Real Decreto, Boletín Oficial del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1989, la participación española en eventos internacionales de esta magnitud, como la Feria del Libro de Fráncfort, se gestionaba de forma menos estructurada, sin un órgano específico y temporal dedicado a la coordinación. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propias estrategias de promoción cultural o de la normativa estatal que establece marcos generales para la acción exterior, esta orden crea una comisión específica para un evento concreto. La aprobación recae en varios Ministerios, con la supervisión del Ministro para las Administraciones Públicas, lo que indica una coordinación interministerial. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque una organización centralizada y coordinada asegura una mejor representación de la cultura y el sector editorial español, optimizando recursos y proyectando una imagen coherente y profesional en un foro internacional de gran prestigio, lo que indirectamente beneficia la difusión y el acceso a la producción literaria nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────