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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 13 de septiembre de 1989 por la que se aprueba la Norma Específica para la Peritación de Siniestros de Cultivo de Plátano en el Seguro Agrario Combinado.

BOE-A-1989-24938Publicada: 25/10/1989MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 13 de septiembre de 1989 por la que se apru ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente documento corrige un error en la Orden de 13 de septiembre de 1989, que establece la Norma Específica para la Peritación de Siniestros de Cultivo de Plátano en el Seguro Agrario Combinado. 2. **CONTEXTO** La Orden de 13 de septiembre de 1989 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 223, de 18 de septiembre de 1989. Se detectó un error en el texto remitido para su publicación. El error afecta al apartado 5.3.5, estimación de cosecha, punto 2, relacionado con las plantas hijas. El error consiste en la mención incorrecta de «Tabla I» en lugar de «Tabla I. Daños en cantidad». 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El documento corrige un error en la redacción de la Orden de 13 de septiembre de 1989, que establece la Norma Específica para la Peritación de Siniestros de Cultivo de Plátano en el Seguro Agrario Combinado. La corrección se refiere específicamente a la página 29326, apartado 5.3.5, estimación de cosecha, punto 2, donde se menciona la tabla referida a las plantas hijas. En el texto original, se indica «Tabla I», pero debe decirse «Tabla I. Daños en cantidad». Esta corrección es fundamental para garantizar la precisión de la norma y su correcta aplicación en la evaluación de siniestros relacionados con el cultivo de plátano. La norma establece los criterios y procedimientos para la peritación de siniestros en el seguro agrario combinado, lo que incluye la evaluación de daños en la cosecha y la determinación de la cantidad de producción afectada. La corrección no altera el contenido general de la norma, sino que asegura que los términos utilizados sean correctos y que se refieran a los elementos adecuados. Por tanto, la corrección no implica cambios en los principios o en los procedimientos establecidos, sino que solo corrige una redacción errónea. La norma se inserta en el «Boletín Oficial del Estado» y se aplica a los casos de siniestros relacionados con el cultivo de plátano, por lo que su correcta redacción es esencial para la aplicación uniforme de los criterios de peritación. La corrección se realiza mediante una transcripción de la norma con la redacción adecuada, lo que permite que los responsables de la peritación puedan aplicar correctamente los criterios establecidos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El documento corrige un error en la redacción de la norma específica para la peritación de siniestros de cultivo de plátano. La corrección afecta a la mención de la tabla referida a las plantas hijas. La norma se publica en el «Boletín Oficial del Estado» y se aplica a los casos de siniestros en el seguro agrario combinado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la redacción de la norma específica para la peritación de siniestros de cultivo de plátano. ⚠️ **Impacto limitado**: La corrección no altera el contenido general de la norma, solo su redacción. 📋 **Publicación en BOE**: La norma se inserta en el «Boletín Oficial del Estado» y se aplica a los casos de siniestros relacionados con el cultivo de plátano. ℹ️ **Relevancia para la peritación**: La corrección es importante para garantizar la precisión de los criterios de peritación en el seguro agrario combinado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 13 de septiembre de 1989 (publicación original), corrección en el mismo documento - **Materias**: Seguro agrario combinado, peritación de siniestros, cultivo de plátano - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección de error, norma específica, peritación de siniestros, seguro agrario combinado, cultivo de plátano, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1989, que corrige un error en la norma para la peritación de siniestros de cultivo de plátano en el seguro agrario, se enmarca en un sistema nacional de seguros agrarios que, si bien tiene una base estatal, permite la adaptación de normas específicas por cultivo. Antes de esta corrección, la norma original de septiembre de 1989 ya establecía un procedimiento para valorar las pérdidas en este cultivo, pero la rectificación aclara la referencia a una tabla específica para la estimación de cosecha en plantas hijas. La aprobación de estas normas recae en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y su importancia para el ciudadano agricultor radica en asegurar una valoración precisa y equitativa de los daños sufridos, garantizando así la correcta indemnización por parte de la entidad aseguradora y la estabilidad de su actividad económica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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