Orden de 13 de noviembre de 1989 por la que se amplía el periodo de paralización temporal subvencionable establecido en la Orden de 22 de noviembre de 1988 para los buques de la modalidad de cerco Suratlántica.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de noviembre de 1989 por la que se amplía el periodo de paralización ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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Con base en este informe y en la facultad conferida por el Real Decreto 219/1987, se emitió la Orden de 13 de noviembre de 1989. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 13 de noviembre de 1989 modifica y amplía el periodo de paralización temporal subvencionable para los buques de la modalidad de cerco Suratlántica. En concreto, se establece que, en el caso de estos buques, el periodo de inactividad subvencionable se extiende a los meses de noviembre y diciembre de cada año. Esta ampliación se basa en el informe del Instituto Español de Oceanografía, que señaló un adelantamiento en la presencia de juveniles de boquerón en la zona de pesca Suratlántica, lo que justifica la necesidad de una mayor protección de la especie. La ampliación se realiza en virtud de la facultad conferida en la disposición final del Real Decreto 219/1987, de 13 de febrero, que permite el desarrollo y la adaptación de las estructuras del sector pesquero y la acuicultura. En el artículo único de la Orden de 1989 se establece que el periodo de inactividad subvencionable se amplía a noviembre y diciembre, modificando el apartado H, punto octavo, artículo único, de la Orden de 22 de noviembre de 1988. Además, se incluye una disposición transitoria que establece que, para el año 1989, el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda por paralización temporal correspondientes al periodo señalado en el artículo único tendrá como límite máximo el 15 de diciembre de 1989. Se permite computar la paralización efectiva y justificada que haya tenido lugar a partir del día 1 de noviembre. Finalmente, se establece una disposición final que indica que la presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado, número 284, del 26 de noviembre de 1988, y se firmó por el Ilmo. Sr. Romero Herrera, en su calidad de Secretario General de Pesca Marítima, Directora General de Relaciones Pesqueras Internacionales y Director General de Ordenación Pesquera. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1989 modifica el periodo de paralización temporal subvencionable para buques de la modalidad de cerco Suratlántica, ampliándolo a noviembre y diciembre. Se basa en un informe científico y en la facultad conferida por un Real Decreto. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación del periodo de paralización subvencionable**: Se extiende a noviembre y diciembre para buques de la modalidad de cerco Suratlántica. ⚠️ **Base científica**: El informe del Instituto Español de Oceanografía justifica la necesidad de esta ampliación. 📋 **Procedimiento de tramitación**: Se establece un plazo máximo para la presentación de solicitudes en 1989. ℹ️ **Vigencia**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 13 de noviembre de 1989 - **Materias**: Pesca, subvenciones, paralización temporal - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: paralización temporal, subvenciones, pesca marítima, Orden Ministerial, Instituto Español de Oceanografía ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
La Orden de 13 de noviembre de 1989 amplía el periodo subvencionable de paralización temporal para buques de cerco suratlántico, basándose en informes científicos sobre la presencia temprana de juveniles de boquerón. Anteriormente, la Orden de 22 de noviembre de 1988 ya establecía normas para estas ayudas económicas, pero la presente norma extiende los meses subvencionables a noviembre y diciembre, modificando la Orden de 7 de abril de 1987. Esta regulación nacional se enmarca en el desarrollo del Real Decreto 219/1987 y no parece haber una normativa comunitaria o de otras CCAA directamente comparable en este detalle específico, sino un marco general de ayudas pesqueras. La aprobación recae en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de sus Secretarías y Direcciones Generales. Esta diferencia es relevante para los pescadores del cerco suratlántico, ya que les permite acceder a ayudas económicas durante periodos de inactividad más amplios, mejorando su estabilidad económica ante las fluctuaciones del sector. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────