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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 30 de noviembre de 1989 por la que se corrige error de la de 6 de octubre de 1989, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de septiembre de 1989, que aprueba el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio de 1990.

BOE-A-1989-29019Publicada: 09/12/1989MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 30 de noviembre de 1989 por la que se corrige error de la de 6 de octub ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 30 de noviembre de 1989 corrige un error en la Orden de 6 de octubre de 1989, que publicaba el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio de 1990, con el objetivo de incluir correctamente los riesgos amparados en las líneas de seguro. 2. **CONTEXTO** La Orden de 6 de octubre de 1989 contenía un error en la redacción de una línea de seguro, específica del «Seguro Combinado de Pedrisco y Viento en Tabaco». Este error fue advertido y se consideró necesario subsanarlo para garantizar la precisión en la descripción de los riesgos cubiertos. La corrección fue propuesta por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios y fue aprobada por el Ministerio. La Orden de 30 de noviembre de 1989 se emitió con el propósito de corregir dicha redacción. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 30 de noviembre de 1989 tiene por objeto corregir un error en la Orden de 6 de octubre de 1989, que publicaba el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio de 1990. El error consistía en la redacción de una línea de seguro, específicamente en la descripción del «Seguro Combinado de Pedrisco y Viento en Tabaco». La corrección propuesta por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios fue aprobada y se estableció que, en el cuadro de subvención media-inicio de suscripción, en la columna correspondiente a líneas de seguro, la frase mencionada debía ser modificada para incluir el riesgo de lluvia, es decir, debía decir «Seguro Combinado de Pedrisco, Viento y Lluvia en Tabaco». La corrección se realizó en el texto de la Orden de 6 de octubre de 1989, que había sido publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 243, de 10 de octubre de 1989. Se consideró necesario realizar esta corrección para que en cada una de las líneas de seguro se recogiera la totalidad de los riesgos que amparaban. La Orden de 30 de noviembre de 1989 establece que la corrección se realizará en el texto original de la Orden de 6 de octubre de 1989, y que la presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La corrección se efectúa a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, y se comunica a los órganos competentes, incluyendo al Presidente del FORPA, Director general de la Producción Agraria, Director general de Investigación y Capacitación Agraria, Director del IRA, Director general del SENPA y Presidente de ENESA. La corrección no implica cambios en el contenido general del Plan de Seguros Agrarios Combinados, sino únicamente una precisión en la descripción de una línea específica de seguro. La Orden no introduce nuevas disposiciones, sino que subsana un error previo en la redacción de una línea de seguro, con el fin de garantizar la correcta aplicación del Plan. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 30 de noviembre de 1989 corrige un error en la redacción de una línea de seguro del Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio de 1990. La corrección se realiza para incluir correctamente los riesgos amparados en dicha línea. La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la redacción de una línea de seguro del Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio de 1990. ⚠️ **Precisión en la descripción de riesgos**: La corrección permite incluir correctamente los riesgos amparados en la línea de seguro. 📋 **Publicación en el BOE**: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». ℹ️ **Propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios**: La corrección fue propuesta por esta entidad y aprobada por el Ministerio. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de error - **Fecha**: 30 de noviembre de 1989 - **Materias**: Seguros agrarios, planificación, corrección de errores - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Seguros agrarios, Plan de Seguros Agrarios Combinados, corrección de error, Boletín Oficial del Estado, Entidad Estatal de Seguros Agrarios ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1989, que corrige un error en una orden anterior, se enmarca en el ámbito nacional y se refiere a la aprobación del Plan de Seguros Agrarios Combinados para 1990, un sistema de subvenciones y cobertura de riesgos para el sector agrícola. Antes de esta normativa, existían planes de seguros agrarios, pero la corrección específica sobre la inclusión del riesgo de lluvia en el seguro de tabaco demuestra un ajuste para una cobertura más completa, alineándose con la política estatal de apoyo al sector, sin que las Comunidades Autónomas tuvieran competencias específicas en la aprobación de estos planes nacionales en ese momento. La diferencia, aunque técnica, es relevante para el ciudadano agricultor, ya que una cobertura más amplia y precisa de los riesgos climáticos puede significar una mayor protección financiera ante pérdidas de cosechas, garantizando así una mayor estabilidad en su actividad económica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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