Ley Foral 26/2022, de 29 de septiembre, de modificación de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** La Ley Foral 26/2022 modifica la Ley Foral de Subvenciones de Navarra (Ley Foral 11/2005) para flexibilizar las condiciones de pago anticipado de las llamadas "subvenciones nominativas", es decir, aquellas subvenciones que los Presupuestos Generales de Navarra conceden directamente a un beneficiario concreto para una finalidad determinada. **¿A quién afecta?** Afecta a las entidades y personas que reciben subvenciones nominativas de la Comunidad Foral de Navarra, especialmente a aquellas sometidas a normas de contratación pública, cuyos proyectos requieren más tiempo del que permite el año presupuestario. También afecta a los órganos de la Administración foral encargados de conceder y controlar estas subvenciones. **¿Qué cambia o establece?** Hasta ahora, los anticipos de pago en las subvenciones nominativas estaban muy limitados, lo que obligaba a ajustar la ejecución de los proyectos al calendario presupuestario anual y generaba retrasos. La ley permite expresamente que las bases reguladoras de estas subvenciones incluyan el anticipo total del importe concedido, siempre que la actividad se inicie en el mismo año en que se concede y el plazo de ejecución no supere el máximo permitido para compromisos de gasto plurianuales. Además, se aplica también a subvenciones ya concedidas antes de la entrada en vigor de esta norma, permitiendo modificar sus bases reguladoras para incorporar esa posibilidad de anticipo.
💬 Contexto ciudadano
La Ley Foral de Subvenciones de Navarra de 2005 establecía condiciones estrictas para los pagos anticipados de las subvenciones nominativas —aquellas asignadas directamente en los presupuestos a entidades concretas—, que en la práctica dificultaban la tesorería de los perceptores y generaban incumplimientos formales sin impacto en la ejecución real de las actividades subvencionadas. Esta modificación flexibiliza las condiciones de pago anticipado, alineando la normativa navarra con la práctica de otras CCAA y con las recomendaciones de la Intervención General del Estado sobre eficiencia en la gestión de subvenciones públicas, sin reducir el nivel de control y rendición de cuentas exigible a los beneficiarios de fondos públicos forales.