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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 11/1989, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 1990.

BOE-A-1990-1721Publicada: 23/01/1990COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Ley 11/1989, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Ara ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 11/1989, de 29 de diciembre, establece el presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 1990, incluyendo la regulación de retribuciones del personal funcionario y la dotación presupuestaria para el salario social. **2. CONTEXTO** La norma se promulga en el marco del Estatuto de Autonomía de Aragón y la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma. El presupuesto de 1990 se fundamenta en las directrices del Programa Económico Regional y en los objetivos de la legislatura anterior. La Ley establece un marco normativo simplificado, en consonancia con la Ley de Hacienda, y aborda cuestiones específicas que no están reguladas en dicha ley. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 11/1989, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 1990, se promulga en nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, y se publica en el *Boletín Oficial de Aragón* y en el *Boletín Oficial del Estado*, conforme a los artículos 20 y 21 del Estatuto de Autonomía. El texto de la ley se basa en el marco jurídico definido por el Estatuto de Autonomía y la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma, y se simplifica como consecuencia del contenido de dicha ley, sin perjuicio de regular cuestiones singulares o que sean objeto de remisión para su desarrollo por esta ley. La ley establece que el presupuesto para el ejercicio de 1990 constituye el instrumento básico que regirá la vida económica de la Comunidad Autónoma. En el mismo se recogen los objetivos que constituían las líneas básicas de actuación en los correspondientes a los ejercicios de la actual legislatura, así como las directrices derivadas del Programa Económico Regional, recientemente aprobado por las Cortes de Aragón. En cuanto a la regulación de las retribuciones del personal funcionario, la ley reconoce la dificultad de concretar las cuantías de los conceptos retributivos que han de ser iguales en todas las administraciones públicas, tal como determina el artículo 24 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, precepto incluido en las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos, dictado al amparo del artículo 149.1.18 de la Constitución. Por todo ello, esta regulación tiene un carácter provisional, hasta tanto se regulen dichas cuantías por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. La ley introduce la normativa que permitirá el establecimiento, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, del salario social, para lo cual se consigna la correspondiente dotación presupuestaria. Además, establece una disposición que permitirá la coordinación del personal funcionario que desempeñe puestos de trabajo no incluidos en la aplicación del sistema retributivo previsto en el artículo 23 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, y en los artículos 44 y 45 de la Ley 1/1986, de 20 de febrero, de medidas para la ordenación de la función pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. Hasta tanto se determine dicha aplicación, seguirán percibiendo las retribuciones básicas y complementarias según la estructura y con sujeción a la normativa anterior incrementadas en un 5 por 100, con arreglo a lo establecido en esta ley. La ley entra en vigor el mismo día de su publicación en el *Boletín Oficial de Aragón*, según lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Constitución y los correspondientes del Estatuto de Autonomía de Aragón. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 11/1989 establece el presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para 1990, incluyendo la regulación de retribuciones del personal funcionario y la dotación presupuestaria para el salario social. La norma se publica en los boletines oficiales correspondientes y entra en vigor el mismo día de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de retribuciones funcionarios**: Se establece un régimen provisional para el cálculo de retribuciones, en aplicación del artículo 24 de la Ley 30/1984. ⚠️ **Carácter provisional**: La regulación de las cuantías retributivas se deja en espera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. 📋 **Dotación presupuestaria para salario social**: Se incluye una normativa que permitirá el establecimiento del salario social en la Comunidad Autónoma. ℹ️ **Publicación y vigencia**: La ley entra en vigor el mismo día de su publicación en el *Boletín Oficial de Aragón*. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Comunidad Autónoma de Aragón - **Fuente**: Ley 11/1989 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 29 de diciembre de 1989 - **Materias**: Presupuesto, retribuciones funcionarios, salario social, Hacienda - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Ley 11/1989, Presupuesto 1990, Aragón, retribuciones funcionarios, salario social, Estatuto de Autonomía, Ley de Hacienda. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Ley de Presupuestos de Aragón para 1990, la gestión económica de la Comunidad se regía por su Estatuto de Autonomía y la Ley de Hacienda autonómica, marco que esta ley presupuestaria complementa. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener normativas presupuestarias más detalladas o específicas, esta ley se centra en la aprobación del presupuesto anual, un instrumento básico para la vida económica regional. La normativa estatal, como la Ley 30/1984 sobre régimen estatutario de funcionarios, establece bases comunes, como la igualdad retributiva, que Aragón debe respetar, aunque la concreción de cuantías dependa de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. La aprobación de esta ley corresponde a las Cortes de Aragón, quienes ejercen así su potestad financiera. La importancia para el ciudadano radica en que esta ley define cómo se gastarán los fondos públicos, afectando a servicios, políticas sociales como el salario social introducido, y la cooperación con entidades locales, impactando directamente en su bienestar y en el desarrollo de la región. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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