Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 856/2022, de 11 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1179/2018, de 21 de septiembre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.

BOE-A-2022-16585Publicada: 12/10/2022MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una modificación de la normativa española que regula los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas. El Gobierno adapta las reglas existentes para responder a una situación de emergencia, siguiendo las medidas excepcionales aprobadas por la Unión Europea ante la crisis provocada por la invasión rusa de Ucrania y las condiciones climáticas adversas en España. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a las organizaciones de productores y asociaciones de organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas en España, es decir, a las entidades que agrupan a agricultores de este sector y que gestionan programas operativos con ayudas públicas europeas y nacionales. **¿Qué cambia o establece?** La norma flexibiliza temporalmente, para el año 2022, las condiciones con las que estas organizaciones pueden modificar sus programas operativos. En concreto, permite realizar más de una modificación cada dos meses, simplifica ciertos cambios para que baste con una notificación sin necesidad de autorización previa, autoriza solicitar anticipos sin cumplir los requisitos habituales, y permite presentar más de tres solicitudes de pagos parciales al año. Todo ello busca aliviar las dificultades financieras y de liquidez de los productores ante la acumulación de crisis: la guerra en Ucrania, los problemas logísticos en las cadenas de suministro, la sequía y las heladas que han reducido drásticamente las cosechas en numerosas zonas de España.

💬 Contexto ciudadano

El conflicto bélico en Ucrania interrumpió suministros agrícolas y disparó costes de producción en el sector hortofrutícola europeo. La Comisión Europea aprobó medidas excepcionales que autorizaban a las OPFH a utilizar sus fondos operativos de la PAC para cubrir emergencias no previstas en sus programas. Esta modificación adapta la normativa española de fondos y programas operativos de las OPFH para incorporar esas medidas de emergencia, permitiendo a las organizaciones de productores —especialmente de Almería, Murcia y Valencia— redirigir fondos hacia la cobertura de pérdidas extraordinarias derivadas del encarecimiento de insumos, energía y transporte, sin penalización por modificación de sus programas operativos anuales.

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