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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 30 de enero de 1990 por la que se modifica la Orden de 2 de enero de 1989 por la que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por el Ministerio de Asuntos Sociales y los Organismos adscritos.

BOE-A-1990-2839Publicada: 03/02/1990MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 30 de enero de 1990 por la que se modifica la Orden de 2 de enero de 19 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 30 de enero de 1990 modifica la Orden de 2 de enero de 1989, que establecía el régimen general de subvenciones concedidas por el Ministerio de Asuntos Sociales y sus organismos adscritos, con el objetivo de homogenizar las convocatorias de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen actividades sociales. **2. CONTEXTO** El Ministerio de Asuntos Sociales fue creado por el Real Decreto 727/1988, de 11 de julio, con la función de dirigir, planificar, coordinar y evaluar los servicios sociales, así como fomentar la cooperación con organizaciones no gubernamentales y promover la igualdad social entre ambos sexos, la protección jurídica del menor, la comunicación cultural entre la juventud española, el asociacionismo juvenil y su participación en movimientos asociativos internacionales. El Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, establece que las ayudas y subvenciones concedidas con cargo a los presupuestos generales del Estado deben seguir criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en su concesión. Con el fin de homogenizar las convocatorias de subvenciones, el Ministerio dictó la Orden de 2 de enero de 1989, que establecía un régimen general para la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen actividades sociales. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 30 de enero de 1990 modifica la Orden de 2 de enero de 1989, con el objetivo de actualizar y mejorar el régimen general de subvenciones concedidas por el Ministerio de Asuntos Sociales y sus organismos adscritos. La Orden de 1989 establecía un marco común para la concesión de subvenciones, con el fin de homogenizar las convocatorias realizadas por el Ministerio, sus organismos autónomos, el Instituto Nacional de Servicios Sociales y el Real Patronato de Prevención y Atención a Personas con Minusvalía. La Orden de 1990 introduce modificaciones en el régimen general de subvenciones, incluyendo disposiciones adicionales que regulan aspectos como la posibilidad de realizar convocatorias complementarias si existen remanentes de crédito, la regulación de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas, y la exclusión de ciertas subvenciones previamente establecidas, como las concedidas bajo el Real Decreto 620/1981, de 5 de febrero, sobre régimen unificado de ayudas públicas a disminuidos. Además, se establece que las subvenciones y ayudas concedidas a las corporaciones locales y a organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro de Ceuta y Melilla, así como las ayudas individualizadas a personas en estado de necesidad de dichas localidades, deberán acomodarse a los criterios establecidos en la presente orden, aunque podrán seguir sus propias convocatorias si se ajustan a las circunstancias especiales de dichas áreas. También se mencionan las subvenciones en el área de protección del menor en las Islas Baleares y las que el Instituto de la Mujer destina a organizaciones de ámbito no estatal y a personas individuales que realicen programas experimentales o piloto, que podrían ampliarse a otros ámbitos. La Orden de 1990 deroga la Orden de 2 de enero de 1989, así como las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo previsto en esta nueva orden. Finalmente, se establece que la presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1990 modifica el régimen general de subvenciones para garantizar su homogenización y mejora. Deroga la Orden de 1989 y establece nuevas normas para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de régimen general de subvenciones**: Se actualiza el marco legal para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro. ⚠️ **Derogación de la Orden de 1989**: La norma previa queda derogada, lo que implica cambios sustanciales en el régimen de subvenciones. 📋 **Criterios de concesión**: Se establecen criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión de subvenciones. ℹ️ **Aplicación a distintas áreas**: Se mencionan áreas específicas como la protección del menor, el Instituto de la Mujer y las localidades de Ceuta y Melilla. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 30 de enero de 1990 - **Materias**: Subvenciones, servicios sociales, organismos adscritos, ayudas públicas - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 30 de enero de 1990 modifica la normativa previa de 1989, que a su vez buscaba unificar los criterios de concesión de subvenciones del Ministerio de Asuntos Sociales y sus organismos adscritos a entidades privadas sin ánimo de lucro. Esta iniciativa se enmarca en el mandato de la Ley General Presupuestaria de 1988, que exigía publicidad, concurrencia y objetividad en la asignación de fondos públicos. A diferencia de normativas autonómicas o directivas europeas que podrían tener enfoques más específicos o descentralizados, esta orden establece un marco nacional homogéneo. La aprobación recae en el Ministerio de Asuntos Sociales, y la modificación responde a la experiencia práctica para mejorar la eficiencia. Para el ciudadano, esta unificación importa porque garantiza criterios más claros y equitativos en el acceso a ayudas sociales, independientemente de la entidad específica que las gestione dentro del Ministerio. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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