Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 11 de enero de 1990 por la que se reorganiza la Comisión Ministerial de Informática del Ministerio de Asuntos Exteriores.

BOE-A-1990-2094Publicada: 26/01/1990MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 11 de enero de 1990 por la que se reorganiza la Comisión Ministerial de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 11 de enero de 1990 reorganiza la Comisión Ministerial de Informática del Ministerio de Asuntos Exteriores, adaptándola a las modificaciones estructurales del departamento y a la evolución tecnológica. **2. CONTEXTO** La Comisión Ministerial de Informática fue creada en 1970 y reorganizada en 1977. A lo largo de los años, múltiples normas, incluyendo reales decretos y órdenes, han transformado la estructura del Ministerio de Asuntos Exteriores. La informatización ha revolucionado la administración, lo que exige una reorganización de la Comisión para mantener su eficacia. La Orden de 1990 busca adaptarla al nuevo entorno jurídico y tecnológico. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 11 de enero de 1990 establece una nueva estructura para la Comisión Ministerial de Informática del Ministerio de Asuntos Exteriores (CIMAE), con el objetivo de adaptarla a las modificaciones estructurales del departamento y a la evolución tecnológica. La CIMAE se convierte en el órgano superior de planificación y coordinación del departamento en materia de tratamiento internacional. La CIMAE está compuesta por un presidente, que es el secretario de Estado para Asuntos Exteriores, y un vicepresidente, que es el subdirector general de Informática. Los vocales incluyen representantes de las secretarías de Estado, directores generales y organismos autónomos. El secretario es un funcionario de la Subdirección General de Informática. La CIMAE tiene varias subcomisiones, entre ellas la Subcomisión de Informática para el Personal (SIPER). Esta subcomisión está presidida por el subdirector general de Personal y tiene como vocales representantes de las secretarías de Estado y organismos autónomos. El secretario es un funcionario de la Subdirección General de Informática. El presidente de la CIMAE puede modificar la composición de las subcomisiones según las necesidades. La asistencia a las reuniones de estas subcomisiones puede limitarse según los temas a tratar. La CIMAE puede recabar datos e información de todos los órganos del Ministerio y sus organismos autónomos. En lo no previsto por esta orden, la CIMAE y sus subcomisiones ajustarán su actuación a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo sobre funcionamiento de los órganos colegiados. La Orden deroga la Orden de 19 de febrero de 1977 que reorganizó la Comisión Ministerial de Informática del Ministerio de Asuntos Exteriores. La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1990 reorganiza la Comisión de Informática del Ministerio de Asuntos Exteriores para adaptarla a las nuevas necesidades tecnológicas y estructurales. Deroga la norma anterior de 1977 y establece una nueva estructura con funciones claras y responsables. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Reorganización de la CIMAE**: Se establece una nueva estructura con presidente, vicepresidente y vocales, adaptada a la nueva realidad tecnológica y administrativa. ⚠️ **Derogación de la Orden de 1977**: La norma anterior queda derogada, lo que refleja una evolución constante en la organización del Ministerio. 📋 **Funciones de la CIMAE**: La Comisión tiene funciones de planificación, coordinación y recopilación de información, con un enfoque en la modernización de la administración. ℹ️ **Vigencia de la norma**: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, lo que garantiza una aplicación inmediata. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 11 de enero de 1990 - **Materias**: Organización administrativa, informática, ministerio de Asuntos Exteriores - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión Ministerial de Informática, reorganización, tecnología, administración pública, Ministerio de Asuntos Exteriores ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 11 de enero de 1990 reorganiza la Comisión Ministerial de Informática del Ministerio de Asuntos Exteriores, sustituyendo a la establecida en 1977 y esta a su vez a la de 1970. Esta actualización se produce ante la profunda transformación de la estructura del Ministerio y la revolución tecnológica en el ámbito de la informática, que ya se contemplaba a nivel estatal con el Real Decreto 2291/1983 como instrumento de coordinación. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propias normativas, esta orden es de ámbito nacional y específica para un ministerio. La aprobación recae en el Ministro para las Administraciones Públicas, lo que subraya la importancia de la coordinación interna y la adaptación a las nuevas tecnologías para la eficiencia administrativa, impactando al ciudadano en la modernización y racionalización de los servicios que recibe. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →