Orden de 8 de febrero de 1990 por la que se fija para el año 1990 la renta de referencia prevista en el Real Decreto 808/1987, de 19 de junio, por el que se establece un sistema de ayudas para la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 8 de febrero de 1990 por la que se fija para el año 1990 la renta de re ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto de 8 de febrero de 1990 fija la renta de referencia para el año 1990 en la cantidad de 1.868.000 pesetas, en aplicación del Real Decreto 808/1987. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto se emite en el marco del sistema de ayudas para la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias establecido en el Real Decreto 808/1987. La renta de referencia se utiliza como base para calcular las ayudas agrarias. La norma previa de 1988 fijó la renta de referencia para 1989 en 1.665.000 pesetas. La actualización se realiza utilizando los datos de salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto de 8 de febrero de 1990 establece la renta de referencia para el año 1990 en la cantidad de 1.868.000 pesetas, en aplicación del Real Decreto 808/1987, de 19 de junio, que establece el sistema de ayudas para la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias. La renta de referencia se utiliza como base para calcular las ayudas agrarias, según lo previsto en el apartado 4 del artículo 2 del Real Decreto 808/1987. La actualización de la renta de referencia se realiza en función de los datos indicadores de salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística, según lo establecido en el apartado 4, artículo 2 del Real Decreto 808/1987. La norma establece que la renta de referencia se fija anualmente, en base a la evolución de los indicadores económicos relevantes, con el fin de garantizar la coherencia entre las ayudas concedidas y la realidad económica de los agricultores. La fijación de la renta de referencia se realiza en el marco de la aplicación del Reglamento (CEE) 797/85, del Consejo, que establece el sistema de ayudas agrarias en la Unión Europea. La norma establece que la renta de referencia se fija en la cantidad de 1.868.000 pesetas para el año 1990, en lugar de la cantidad previa de 1.665.000 pesetas para el año 1989. La fijación de la renta de referencia se realiza mediante un orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto 808/1987. La norma establece que la renta de referencia se utiliza como base para calcular las ayudas agrarias, y que su fijación se realiza en base a los datos económicos disponibles, con el fin de garantizar la equidad y la eficacia del sistema de ayudas. La norma establece que la renta de referencia se fija en la cantidad de 1.868.000 pesetas para el año 1990, lo que representa un incremento de 203.000 pesetas respecto al año anterior. La norma establece que la renta de referencia se fija en la cantidad de 1.868.000 pesetas, lo que se considera una actualización adecuada de la renta de referencia en función de los indicadores económicos disponibles. La norma establece que la renta de referencia se fija en la cantidad de 1.868.000 pesetas, lo que se considera una medida necesaria para garantizar la coherencia entre las ayudas concedidas y la realidad económica de los agricultores. La norma establece que la renta de referencia se fija en la cantidad de 1.868.000 pesetas, lo que se considera una medida necesaria para garantizar la eficacia del sistema de ayudas agrarias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto de 1990 fija la renta de referencia para el año 1990 en 1.868.000 pesetas, en aplicación del sistema de ayudas agrarias establecido en el Real Decreto 808/1987. La actualización se realiza en base a los datos de salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística. La norma establece una medida necesaria para garantizar la coherencia entre las ayudas concedidas y la realidad económica de los agricultores. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Fija la renta de referencia para 1990 en 1.868.000 pesetas. ⚠️ La actualización se basa en datos de salarios del INE. 📋 Aplica el sistema de ayudas agrarias del Real Decreto 808/1987. ℹ️ Se emite en el marco de la aplicación del Reglamento (CEE) 797/85. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Orden - **Fecha**: 8 de febrero de 1990 - **Materias**: Agricultura, ayudas agrarias, renta de referencia - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden de 1990 actualiza la renta de referencia para ayudas a la mejora de estructuras agrarias, sucediendo a la Orden de 1988 que fijaba la cuantía para 1989 en 1.665.000 pesetas. El sistema se basa en el Real Decreto estatal 808/1987, que a su vez instrumenta la aplicación del Reglamento (CEE) 797/85 de la UE, evidenciando un marco normativo supranacional y nacional. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pudieran tener desarrollos propios, esta normativa es de ámbito nacional y su aprobación corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La diferencia en la renta de referencia importa al ciudadano agricultor porque determina el umbral para acceder a ayudas económicas destinadas a la modernización y mejora de sus explotaciones, afectando directamente a su capacidad de inversión y competitividad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────