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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 29 de diciembre de 1989 por la que se modifica la de 7 de marzo de 1988 sobre tramitación de expedientes de construcción de buques pesqueros de 6 o más metros y menores de 9 metros de eslora entre perpendiculares, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 535/1987, de 10 de abril.

BOE-A-1990-3356Publicada: 09/02/1990MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de diciembre de 1989 por la que se modifica la de 7 de marzo de 1988 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2243/1989 modifica la Orden de 7 de marzo de 1988, estableciendo una fecha límite para la presentación de expedientes de construcción de buques pesqueros de 6 a 9 metros de eslora, en el marco de las ayudas nacionales previstas en el Real Decreto 535/1987. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 535/1987, de 10 de abril, otorga al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la facultad de dictar normas necesarias para el cumplimiento y desarrollo de dicha norma. La Orden de 7 de marzo de 1988 establece el procedimiento de tramitación de expedientes de construcción de buques pesqueros, pero no fija una fecha límite para la presentación de las solicitudes de ayudas. La presente Orden busca regular dicha fecha límite. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 29 de diciembre de 1989 modifica la Orden de 7 de marzo de 1988, en lo referente al plazo de presentación de expedientes de construcción de buques pesqueros de 6 o más metros y menores de 9 metros de eslora entre perpendiculares, en el marco de las ayudas nacionales previstas en el Real Decreto 535/1987. En virtud de lo establecido en la disposición final del Real Decreto 535/1987, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene la facultad de dictar las normas necesarias para el cumplimiento y desarrollo de dicha norma. De acuerdo con dicha autorización, la presente Orden establece la fecha límite del plazo de presentación de los expedientes mencionados. En su virtud, se dispone lo siguiente: **Artículo 1.** En lo que se refiere al procedimiento de tramitación de los expedientes, se mantiene en vigor a todos los efectos la Orden de 7 de marzo de 1988, excepto en lo relativo al plazo de presentación, que se determina en el artículo siguiente. **Artículo 2.** La disposición adicional primera de la Orden de 7 de marzo de 1988 queda modificada en el sentido siguiente: *«Durante el año 1990, el plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas a que se refiere esta orden finalizará a las catorce horas del día 31 de octubre»*. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. Esta norma se enmarca dentro del marco regulatorio de la actividad pesquera, con el objetivo de regular el acceso a ayudas nacionales para la construcción de buques pesqueros, garantizando un plazo claro y definido para la presentación de solicitudes. La modificación se limita al plazo de presentación, manteniéndose el resto del procedimiento de tramitación vigente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1989 establece una fecha límite para la presentación de solicitudes de ayudas nacionales en la construcción de buques pesqueros. No modifica el resto del procedimiento de tramitación, que sigue siendo el establecido en la Orden de 1988. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de plazo de presentación**: Se establece una fecha límite para la presentación de solicitudes de ayudas nacionales en la construcción de buques pesqueros. ⚠️ **Limitación de la modificación**: Solo se modifica el plazo de presentación, manteniéndose el resto del procedimiento vigente. 📋 **Vigencia**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. ℹ️ **Contexto normativo**: Se basa en el Real Decreto 535/1987, que otorga al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la facultad de dictar normas complementarias. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden de 29 de diciembre de 1989 - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 29 de diciembre de 1989 - **Materias**: Pesca, construcción naval, ayudas públicas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: buques pesqueros, ayudas nacionales, plazo de presentación, Real Decreto 535/1987, tramitación de expedientes, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden de 1989, emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, modifica una disposición anterior de 1988 para establecer un plazo específico para la presentación de expedientes de construcción de buques pesqueros de entre 6 y 9 metros de eslora, en el marco de las ayudas nacionales previstas por el Real Decreto 535/1987. Previamente, la tramitación se regía por la Orden de 1988, pero esta modificación concreta el plazo de solicitud de ayudas para el año 1990, fijándolo hasta el 31 de octubre. La normativa estatal, en este caso, delega en el Ministerio la concreción de plazos, lo cual es relevante para el ciudadano pescador que necesita conocer las fechas límite para acceder a subvenciones, diferenciándose de posibles regulaciones autonómicas o directivas europeas que pudieran tener enfoques distintos en cuanto a la gestión de flotas pesqueras y ayudas públicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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