Corrección de errores del Real Decreto 176/1990, de 9 de febrero, por el que se modifica el artículo 2.º del Real Decreto 1875/1984, de 12 de septiembre, estableciendo la composición de la Comisión Interministerial de Política Aérea Internacional.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 176/1990, de 9 de febrero, por el que se ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige un error en la redacción del artículo 2 del Real Decreto 1875/1984, que establece la composición de la Comisión Interministerial de Política Aérea Internacional. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 176/1990, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 38 de 13 de febrero de 1990, corrige un error en el texto del Real Decreto 1875/1984. Este error afecta la redacción de una frase relativa a la designación de un funcionario en la Comisión Interministerial de Política Aérea Internacional. La corrección se realiza para garantizar la precisión legal y la correcta aplicación de la norma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 176/1990 corrige un error en la redacción del artículo 2 del Real Decreto 1875/1984, de 12 de septiembre de 1984, que establece la composición de la Comisión Interministerial de Política Aérea Internacional. El error consiste en la mención incorrecta de un cargo de un funcionario. En concreto, se mencionaba como «Letrado del Estado Jefe del Servicio Jurídico del Ministerio de Asuntos Exteriores», cuando debía decirse «Abogado del Estado Jefe del Servicio Jurídico del Ministerio de Asuntos Exteriores». Esta corrección se realiza para garantizar la precisión en la designación de personal en dicha Comisión, que está integrada por representantes de distintos ministerios y organismos públicos. El Real Decreto 1875/1984 establece que la Comisión Interministerial de Política Aérea Internacional está integrada por el Ministro de Asuntos Exteriores, el Ministro de Transportes, el Ministro de Defensa, el Presidente del Consejo General de la Aviación Civil, el Presidente del Consejo General de Aeronáutica Civil, el Presidente del Consejo General de Aeronáutica Militar, el Presidente del Consejo General de la Marina Mercante, el Presidente del Consejo General de la Armada, el Presidente del Consejo General de la Guardia Civil, el Presidente del Consejo General de la Policía Nacional, el Presidente del Consejo General de la Guardia Civil, el Presidente del Consejo General de la Policía Nacional, y otros representantes de organismos públicos y entidades vinculadas a la política aérea. La corrección del Real Decreto 176/1990 se produce en el contexto de la publicación del texto en el Boletín Oficial del Estado, donde se corrige un error de redacción que afecta la precisión de la norma. Esta corrección no modifica la estructura ni el contenido general de la Comisión, sino que asegura que los cargos y designaciones se refieran correctamente a los funcionarios encargados de dichas funciones. La corrección se realiza mediante la transcripción de la redacción correcta del artículo 2, que se publica en el Boletín Oficial del Estado, con la intención de corregir un error que podría haber generado confusiones en la aplicación de la norma. Esta corrección es relevante para garantizar la correcta aplicación de la normativa en materia de política aérea internacional, así como para mantener la precisión en la designación de los representantes de la Comisión Interministerial. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige un error en la redacción del artículo 2 del Real Decreto 1875/1984. La corrección se realiza para garantizar la precisión en la designación de un funcionario en la Comisión Interministerial de Política Aérea Internacional. Esta norma es relevante para la correcta aplicación de la normativa en materia de política aérea internacional. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la redacción del artículo 2 del Real Decreto 1875/1984. ⚠️ **Impacto en la designación**: La corrección afecta a la designación de un funcionario en la Comisión Interministerial de Política Aérea Internacional. 📋 **Normativa afectada**: Se modifica el artículo 2 del Real Decreto 1875/1984. ℹ️ **Publicación en B.O.E.**: La corrección se publica en el Boletín Oficial del Estado como parte del Real Decreto 176/1990. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 176/1990 - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 9 de febrero de 1990 - **Materias**: Política aérea internacional, normativa administrativa, corrección de errores - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La norma analizada, un Real Decreto de 1990, se limita a corregir un error formal en la denominación de un puesto dentro de la Comisión Interministerial de Política Aérea Internacional, sustituyendo "Letrado del Estado" por "Abogado del Estado". Esto no altera el contenido sustantivo de la regulación previa, que era el Real Decreto 1875/1984, sino que subsana una imprecisión terminológica. A diferencia de normativas que establecen competencias o derechos ciudadanos, esta rectificación es de carácter técnico y no tiene un impacto directo o perceptible en la vida del ciudadano. Su importancia radica en la precisión jurídica y la correcta identificación de los órganos y cargos dentro de la administración estatal, asegurando la coherencia interna de la normativa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────