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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 28 de febrero de 1990 por la que se establecen las medidas de control de la producción y del almacenamiento de azúcar.

BOE-A-1990-7811Publicada: 28/03/1990MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 28 de febrero de 1990 por la que se estable ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente documento corrige errores de transcripción en la Orden de 28 de febrero de 1990, que establece medidas de control de la producción y almacenamiento de azúcar. 2. **CONTEXTO** La Orden de 28 de febrero de 1990 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado número 58, de 8 de marzo. Durante su transcripción, se produjeron errores en la redacción de varios párrafos y artículos. Estos errores afectan la correcta interpretación de las normas establecidas en la Orden. Por ello, se emite esta corrección para garantizar la precisión legal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El documento corrige errores en la redacción de la Orden de 28 de febrero de 1990, que establece medidas de control de la producción y del almacenamiento de azúcar. Las correcciones afectan a varias páginas del Boletín Oficial del Estado, específicamente en la página 6650, 6651, 6652. En la página 6650, primera columna, primer párrafo, primera línea, se corrige «El Reglamento (CEE) número 1433/82» por «El Reglamento (CEE) número 1443/82». En la página 6650, segunda columna, artículo 1.ª A), 3, línea octava, se suprime la frase «a la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales». En la página 6651, primera columna, artículo 4.° B), 1, segundo párrafo, primera línea, se corrige «... parte del ibro» por «... parte del libro». En la página 6652, primera columna, 3.°, segunda línea, se corrige «como tales autorizaciones» por «como tales las autoridades». En la página 6652, primera columna, C), 3, segundo párrafo, cuarta línea, se corrige «excepto en las cantidades» por «excepto las cantidades». En la página 6652, segunda columna, primera línea del párrafo cuarto siguiente a la letra n), se corrige «por cada uno de los destino» por «por cada uno de los destinos». Estas correcciones son necesarias para garantizar la precisión de la norma y su correcta aplicación. La Orden de 1990 establece medidas de control de la producción y del almacenamiento de azúcar, en el marco del Reglamento (CEE) número 1443/82. La corrección de estos errores permite una mejor comprensión y aplicación de las normas establecidas. La norma se aplica a la producción y almacenamiento de azúcar, con la finalidad de regular su gestión en el contexto de la Unión Europea. Estas correcciones son relevantes para la correcta aplicación de las normas en materia de control de la producción y almacenamiento de azúcar. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El documento corrige errores en la transcripción de la Orden de 1990, que establece medidas de control de la producción y almacenamiento de azúcar. Las correcciones son necesarias para garantizar la precisión legal de la norma. La corrección afecta a varias páginas del Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en la Orden de 1990. ⚠️ Errores afectan la redacción de varios artículos. 📋 Correcciones en páginas 6650, 6651 y 6652. ℹ️ Relevancia para la aplicación correcta de las normas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 28 de febrero de 1990 - **Materias**: Control de producción y almacenamiento de azúcar - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta corrección de erratas de 1990, de ámbito nacional, se refiere a una Orden Ministerial que establecía medidas de control para la producción y almacenamiento de azúcar. La normativa original, de 1990, se basaba en reglamentos comunitarios de la CEE, como el Reglamento (CEE) número 1443/82 (anteriormente erróneamente citado como 1433/82), lo que indica una armonización a nivel europeo en este sector. A diferencia de las competencias autonómicas actuales, en 1990 la regulación era eminentemente estatal, con influencia directa de la legislación de la Unión Europea. La importancia para el ciudadano radica en la precisión de la normativa que rige la producción y distribución de alimentos, asegurando que las reglas sean claras y aplicables, evitando así posibles confusiones o interpretaciones erróneas que pudieran afectar a los operadores del sector y, en última instancia, a los consumidores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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