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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 12 de marzo de 1990 por la que se desarrolla el Real Decreto 1282/1989, de 28 de agosto, de ayudas a la cinematografía.

BOE-A-1990-6725Publicada: 17/03/1990MINISTERIO DE CULTURA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 12 de marzo de 1990 por la que se desarrolla el Real Decreto 1282/1989, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1282/1989, de 28 de agosto, sobre ayudas a la cinematografía, establece la estructura y funciones del Comité Asesor de Ayudas a la Cinematografía, que se encarga de emitir informes sobre propuestas de ayudas a la producción cinematográfica y a la distribución. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1282/1989 crea un marco legal para la concesión de ayudas a la cinematografía en España. Para su desarrollo, se emite el Orden de 12 de marzo de 1990, que detalla los órganos colegiados, como el Comité Asesor de Ayudas a la Cinematografía, y establece su composición, funciones y procedimientos. Este régimen se aplica a proyectos cinematográficos y de creación de guiones, con requisitos documentales específicos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1282/1989, de 28 de agosto, y el Orden de 12 de marzo de 1990, que lo desarrolla, establecen la creación del Comité Asesor de Ayudas a la Cinematografía como órgano colegiado dependiente del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA). Este comité tiene como función principal emitir informes sobre propuestas de ayudas a la producción cinematográfica y a la distribución, según lo previsto en el título V, capítulo I del Real Decreto 1282/1989. El comité está compuesto por un presidente, que es el Director General del ICAA, dos vicepresidentes, y hasta veinte vocales, designados por el Ministro de Cultura. Diez de los vocales son propuestos por las agrupaciones sindicales y profesionales representativas del sector cinematográfico, y otros diez son designados por el Director General del ICAA, entre personas idóneas. Ningún vocal puede permanecer en el cargo más de dos años consecutivos. El secretario del comité es un jefe de servicio del ICAA, designado por el presidente, sin voz ni voto. El comité puede crear comisiones delegadas y grupos de trabajo, a propuesta de su propio comité, para el desarrollo de sus funciones. Además, puede solicitar la asistencia de expertos externos en sesiones donde sea necesario por la naturaleza de los asuntos a tratar. En cuanto a sus funciones, el comité debe emitir informes sobre propuestas de ayudas a la producción cinematográfica, incluyendo la evaluación de la viabilidad técnica, artística y económica del proyecto, así como la adecuación al objetivo de fomentar la cinematografía en España. En el caso de la distribución, el comité debe emitir informes sobre propuestas de ayudas a la distribución, evaluando la viabilidad de la distribución en España, la calidad del proyecto, y la capacidad del distribuidor para garantizar su éxito. Para ello, se requiere la presentación de documentación específica, como el certificado de nacionalidad de la película, el documento que acredita la adquisición de los derechos de distribución en España, el plan y presupuesto de distribución justificado documentalmente, el presupuesto detallado del tiraje de copias, subtítulos y publicidad, y la memoria de las actividades de distribución realizadas por la empresa. En el caso de la creación de guiones, el comité debe emitir informes sobre propuestas de ayudas a la creación de guiones, evaluando la originalidad, la calidad artística y la viabilidad del proyecto. Para ello, se requiere la presentación de un historial profesional, una sinopsis argumental del proyecto de guion, un tratamiento cinematográfico del proyecto, una memoria explicativa, y una justificación documental de los derechos de propiedad intelectual o opción sobre la obra preexistente. Estas normas establecen un marco claro y estructurado para la concesión de ayudas a la cinematografía, garantizando que los proyectos sean evaluados de forma objetiva y transparente, con base en criterios técnicos, artísticos y económicos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1282/1989, desarrollado por el Orden de 12 de marzo de 1990, establece un sistema de ayudas a la cinematografía con un órgano colegiado encargado de evaluar proyectos. El comité tiene funciones claras, composición específica y requisitos documentales para la concesión de ayudas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Composición del Comité Asesor**: Presidente, vicepresidentes y hasta 20 vocales, designados por el Ministro de Cultura. ⚠️ **Requisitos documentales**: Se requiere presentar documentación específica para cada tipo de ayuda (producción, distribución, creación de guiones). 📋 **Funciones del comité**: Emitir informes sobre propuestas de ayudas, evaluando la viabilidad técnica, artística y económica. ℹ️ **Procedimiento**: El comité puede crear comisiones y solicitar la asistencia de expertos externos en sesiones relevantes. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden de 12 de marzo de 1990 - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 12 de marzo de 1990 - **Materias**: Cinematografía, ayudas públicas, derechos de autor, producción audiovisual - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1990, el marco regulatorio de las ayudas a la cinematografía se basaba en el Real Decreto 1282/1989, que esta Orden venía a desarrollar. La normativa estatal, en este caso, establecía un sistema de apoyo a la producción y distribución cinematográfica, con órganos colegiados como el Comité Asesor de Ayudas a la Cinematografía, cuya composición y funciones se detallan aquí. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propias políticas de fomento cultural, esta regulación era de ámbito nacional, aprobada por el Ministerio de Cultura. La importancia para el ciudadano radica en que estas estructuras y procedimientos definían cómo se accedía a financiación pública para proyectos cinematográficos, afectando directamente a creadores, productores y, en última instancia, a la diversidad y calidad de las obras que llegaban al público. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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