ResoluciónNacionalvigente

Acuerdo complementario entre el Reino de España y las Naciones Unidas en virtud del Acuerdo entre el Reino de España y las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Oficina de Programa de la Oficina de las Naciones Unidas de Lucha contra el Terrorismo (OLCT) en Madrid, hecho en Nueva York el 22 de septiembre de 2022.

BOE-A-2022-16021Publicada: 03/10/2022MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es un acuerdo complementario entre el Gobierno de España y las Naciones Unidas que desarrolla y concreta el acuerdo principal por el que se creó en Madrid una Oficina de Programa de la Oficina de las Naciones Unidas de Lucha contra el Terrorismo (OLCT). Su propósito específico es fijar las condiciones financieras y administrativas de la aportación que España hace en especie para que esa oficina pueda funcionar. **¿A quién afecta?** Afecta directamente al Gobierno español, que asume los compromisos y costes descritos, y a las Naciones Unidas a través de la OLCT, que recibe las instalaciones y servicios. De forma indirecta, incumbe a la Administración española encargada de gestionar el edificio y los servicios asociados. **¿Qué cambia o establece?** España cede gratuitamente a la OLCT la entreplanta de un edificio de su propiedad en la calle Marqués Viudo de Pontejos, 2, de Madrid, por un plazo inicial de tres años prorrogable. El Gobierno se hace cargo del acondicionamiento, mobiliario, infraestructura tecnológica y de seguridad, así como de los servicios de mantenimiento y limpieza, sin coste alguno para la ONU. Además, garantiza el acceso al edificio las 24 horas los 7 días de la semana, autoriza la colocación de la bandera y el emblema de Naciones Unidas, y se compromete a proporcionar locales alternativos y asumir todos los gastos si el edificio quedara destruido o inutilizado.

💬 Contexto ciudadano

La Oficina de Lucha contra el Terrorismo de la ONU (UNOCT), creada en 2017, impulsa la capacidad de los Estados miembros para prevenir y responder al terrorismo. El establecimiento en Madrid de una Oficina de Programa de la UNOCT refuerza el papel de España como hub iberoamericano y mediterráneo de cooperación antiterrorista. Este Acuerdo complementario fija los privilegios e inmunidades de la Oficina, el régimen fiscal de su personal y los servicios que España se compromete a prestar como Estado anfitrión, siguiendo el modelo de los acuerdos de sede de organismos internacionales como la Organización Mundial del Turismo o el International IDEA, también con sede en Madrid.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →