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Real Decreto 752/2022, de 13 de septiembre, por el que se establecen las funciones, el régimen de funcionamiento y la composición del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.

BOE-A-2022-15763Publicada: 28/09/2022Ministerio de Igualdad

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** El Real Decreto 752/2022 regula el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer, un órgano público adscrito al Ministerio de Igualdad creado por la Ley Orgánica 1/2004. Este real decreto actualiza y sustituye la normativa anterior de 2006, adaptando el funcionamiento del Observatorio a los cambios legales e institucionales producidos desde entonces, incluyendo los compromisos internacionales asumidos por España y el Pacto de Estado contra la Violencia de Género de 2017. **¿A quién afecta?** Afecta directamente al propio Observatorio y a las instituciones y entidades que lo integran: ministerios, comunidades autónomas, ciudades de Ceuta y Melilla, entidades locales, organizaciones de mujeres, sindicatos, organizaciones empresariales, asociaciones de consumidores y otros colectivos sociales relacionados con la lucha contra la violencia hacia las mujeres. De forma indirecta, afecta al conjunto de la ciudadanía, ya que el Observatorio orienta las políticas públicas en esta materia. **¿Qué cambia o establece?** La norma amplía las funciones del Observatorio para abarcar todas las formas de violencia contra las mujeres recogidas en el Convenio de Estambul y el Convenio de Varsovia, no solo la violencia de género en la pareja. También amplía su composición para incluir a más instituciones y entidades, refuerza su papel como foro de debate, análisis y evaluación de políticas públicas, y adapta su estructura a la organización ministerial vigente y a la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

💬 Contexto ciudadano

El Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer fue creado por la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y regulado por el RD 253/2006, ya obsoleto. Este Real Decreto actualiza su composición —incorporando a representantes de las comunidades autónomas, los colectivos de víctimas, las organizaciones de mujeres y los cuerpos de seguridad—, sus funciones —seguimiento estadístico, elaboración de informes y propuestas de mejora— y sus procedimientos de trabajo. La actualización responde también a la ampliación del concepto de violencia contra la mujer que introdujo la Ley Orgánica de Garantía de la Libertad Sexual de 2022, que extiende la protección más allá de la violencia de pareja o expareja.

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