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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 5/1990, de 9 de marzo, de Infraestructuras Hidráulicas de Cataluña.

BOE-A-1990-8436Publicada: 05/04/1990COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Ley 5/1990, de 9 de marzo, de Infraestructuras Hidráulicas de Cataluña. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 5/1990, de 9 de marzo, de Infraestructuras Hidráulicas de Cataluña, establece el marco legal para la planificación, ejecución y financiación de obras hidráulicas en la comunidad autónoma de Cataluña, con el objetivo de regular el uso del agua y mitigar los riesgos asociados a la escorrentía y desbordamientos. 2. **CONTEXTO** La norma fue promulgada por el Presidente de la Generalidad de Cataluña en el marco del Estatuto de Autonomía de Cataluña, específicamente en el artículo 33.2, que otorga competencias en materia de infraestructuras hidráulicas. La ley busca regular el agua como recurso natural clave en el desarrollo territorial y económico de Cataluña. La norma se publicó en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña el 23 de marzo de 1990. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 5/1990, de 9 de marzo, de Infraestructuras Hidráulicas de Cataluña, establece un marco legal para la gestión de recursos hídricos en la comunidad autónoma, con énfasis en la planificación, ejecución y financiación de obras hidráulicas. La ley se fundamenta en el artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que otorga competencias en materia de infraestructuras hidráulicas. La norma establece que el agua es un recurso natural fundamental para el desarrollo de las colectividades, y que su gestión debe adecuarse a las necesidades de uso y a las condiciones naturales del ciclo hidrológico. La ley establece que la intervención de los poderes públicos debe orientarse a la adecuación de las condiciones naturales del agua a las necesidades de su utilización, con el objetivo de convertir un recurso irregular en dotaciones regulares. Para ello, se promueve la implantación de infraestructuras hidráulicas de diversa tipología, cuya ejecución se regula en el marco de los planes hidrológicos de las cuencas del Ebro y del Jucar. La ley también establece que, hasta que el Consejo Ejecutivo apruebe el programa de obras hidráulicas, las actuaciones se financiarán con cargo al presupuesto ordinario de inversiones, siguiendo los criterios de distribución de gastos regulados por la presente ley. Además, la ley otorga al Consejo Ejecutivo la facultad de dictar normas reglamentarias necesarias para el desarrollo de los preceptos de la ley. También se establece que los preceptos de esta ley sustituirán, como derecho aplicable en Cataluña, los de la Ley de 7 de julio de 1911, que regulaba el procedimiento de ejecución de construcciones hidráulicas para riego y obras de defensa y acondicionamiento de cauces fluviales. La ley establece que, en el plazo de seis meses, el Consejo Ejecutivo aprobará una tabla de vigencias referida a las disposiciones de rango legal o reglamentario que puedan resultar afectadas por la presente ley o que puedan resultar afectadas como consecuencia de su desarrollo. Esta tabla se extenderá a las disposiciones sobre financiación de actuaciones locales en materia de saneamiento que puedan resultar afectadas por la ejecución del Decreto Legislativo 1/1988, de 28 de enero. En síntesis, la ley establece un marco legal para la gestión de recursos hídricos en Cataluña, con énfasis en la planificación, ejecución y financiación de obras hidráulicas, y establece que el agua debe ser gestionado como un recurso fundamental para el desarrollo de las colectividades, con la participación de los poderes públicos y la cooperación de los ciudadanos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 5/1990, de 9 de marzo, de Infraestructuras Hidráulicas de Cataluña, establece un marco legal para la gestión de recursos hídricos en la comunidad autónoma. La norma se fundamenta en el Estatuto de Autonomía de Cataluña y establece que el agua es un recurso fundamental para el desarrollo territorial y económico. La ley otorga al Consejo Ejecutivo la facultad de dictar normas reglamentarias y establece que las obras hidráulicas se financiarán con cargo al presupuesto ordinario de inversiones. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Objetivo principal**: Regular el uso del agua como recurso natural fundamental en Cataluña. ⚠️ **Competencias autonómicas**: La ley se basa en el artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña. 📋 **Financiación**: Las actuaciones se financiarán con cargo al presupuesto ordinario de inversiones. ℹ️ **Sustitución de normas**: Los preceptos de esta ley sustituyen los de la Ley de 1911 en materia de obras hidráulicas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Cataluña - **Fuente**: Ley Ordinaria - **Tipo**: Ley - **Fecha**: 9 de marzo de 1990 - **Materias**: Infraestructuras hidráulicas, gestión del agua, recursos naturales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: agua, infraestructuras hidráulicas, gestión del agua, recursos naturales, Cataluña, Estatuto de Autonomía, planificación, financiación, obras públicas ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 5/1990, la gestión de las infraestructuras hidráulicas en Cataluña se basaba en competencias fragmentadas y en la intervención de diferentes administraciones, sin una normativa autonómica específica que unificara la planificación y ejecución. Esta ley catalana se compara con normativas estatales y directivas europeas que también abordan la gestión hídrica, pero la Ley 5/1990 concreta las competencias de la Generalidad de Cataluña en materia de obras hidráulicas, incluyendo la programación, promoción y ejecución de aprovechamientos y otras infraestructuras, así como la política de abastecimiento de agua. Mientras que la Generalidad tiene aprobada esta ley, otras comunidades autónomas pueden tener marcos normativos distintos, y la normativa estatal establece el marco general. Para el ciudadano, esta diferencia es importante porque una ley autonómica específica como esta permite una adaptación más precisa a las necesidades y problemáticas particulares de Cataluña, como las riadas endémicas, facilitando una gestión más eficiente y una mayor claridad en las responsabilidades administrativas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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