Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

BOE-A-1990-8432Publicada: 05/04/1990MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, establece el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, regulando los procedimientos para su catalogación, descatalogación o cambio de categoría, así como el marco técnico y la coordinación intercomunitaria necesaria. 2. **CONTEXTO** La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, crea el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas en su artículo 30.1. Este catálogo incluye especies, subespecies o poblaciones que requieren medidas específicas de protección por parte de las Administraciones Públicas, según el artículo 29 de la misma Ley. El proceso de catalogación, regulado en el artículo 31, es un principio fundamental de la Ley, ya que implica medidas positivas para remediar los factores de amenaza sobre especies y hábitats. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, estableciendo los procedimientos administrativos necesarios para su catalogación, descatalogación o cambio de categoría. Estos procedimientos incluyen la elaboración de documentos técnicos y el contenido del propio catálogo, que se considera un registro público. Además, el Real Decreto establece la necesidad de un marco de coordinación técnica-intercomunitaria a través de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza, que facilita la colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la elaboración y aplicación de los Planes de Actuación. El Real Decreto también define las categorías de especies dentro del catálogo, como "en peligro de extinción", que requieren una acción urgente e inmediata para su conservación, y "de interés especial", que exigen la adopción de medidas de protección. Estas categorías se establecen en función de la identificación científica de las especies y su estado de amenaza. En cuanto a la regulación de especies concretas, el Real Decreto incluye una lista de especies y subespecies catalogadas como "en peligro de extinción", entre ellas el cuco (Chalcidrus ceylanicus), el picogordo (Coccothraustes coccothraustes), el escribano nival (Plectrophenax nivalis), el escribano cerillo (Emberiza citrinella), el escribano soteño (Emberiza cirlus), el escribano montesino (Emberiza cia), el escribano hortelano (Emberiza hortulana), el escribano plaustre (Emberiza schoeniclus), y otros mamíferos como el erizo moruno (Erinaceus algirus algirus), el desmán (Galemys pyrenaicus), el murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrum-equinum), entre otros. El Real Decreto se basa en la competencia estatal sobre protección del medio ambiente, según el artículo 1 de la Constitución Española, y se aplica en el ámbito nacional, estableciendo un marco legal que permite la protección efectiva de especies amenazadas. La regulación de estas especies se fundamenta en la necesidad de medidas específicas y positivas para su conservación, en línea con los principios establecidos en la Ley 4/1989. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 439/1990 establece el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, regulando su catalogación y el marco técnico necesario. Incluye una lista de especies en peligro de extinción y de interés especial. La norma se basa en la Ley 4/1989 y en la competencia estatal sobre protección del medio ambiente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas**: Establece los procedimientos para su catalogación y descatalogación. ⚠️ **Necesidad de medidas positivas**: La protección de especies amenazadas no se limita a medidas preventivas, sino que incluye acciones activas. 📋 **Lista de especies catalogadas**: Incluye una serie de aves y mamíferos en peligro de extinción o de interés especial. ℹ️ **Coordinación intercomunitaria**: La Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza facilita la colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 439/1990 - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 30 de marzo de 1990 - **Materias**: Protección del medio ambiente, fauna silvestre, especies amenazadas - **Relevancia**: ALTA - **Código**: Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres - **Artículo relevante**: Artículos 29, 30.1 y 31 de la Ley 4/1989 - **Párrafo relevante**: Artículo 31 de la Ley 4/1989, que establece el proceso de catalogación como principio fundamental. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1990, la protección de especies amenazadas se regía por la Ley 4/1989, que creaba el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas pero carecía de un desarrollo procedimental detallado. La normativa estatal actual, como el Real Decreto 139/2011, ha actualizado y ampliado este catálogo, alineándose con directivas europeas que establecen marcos de protección similares para la biodiversidad. Si bien la competencia inicial recae en el Estado, la gestión y aplicación de medidas de protección son compartidas con las Comunidades Autónomas, quienes tienen la potestad de catalogar y proteger especies dentro de su territorio. Esta diferencia es crucial para el ciudadano porque determina la efectividad y el alcance de las medidas de conservación, afectando directamente a la preservación de la fauna y flora silvestres en todo el territorio nacional y a la posibilidad de disfrutar de ecosistemas saludables. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →