Real Decreto 423/1990, de 30 de marzo, por el que se crea la Comisión Delegada del Gobierno para los Juegos Olímpicos de Barcelona de 1992.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 423/1990, de 30 de marzo, por el que se crea la Comisión Delegada d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 423/1990 crea la Comisión Delegada del Gobierno para los Juegos Olímpicos de Barcelona de 1992, con el objetivo de coordinar la organización del evento y garantizar su éxito. 2. **CONTEXTO** La celebración de los Juegos Olímpicos de Barcelona de 1992 era un acontecimiento de gran importancia para España, representando un compromiso de Estado ante la comunidad internacional. La organización de este tipo de eventos es compleja y trasciende lo meramente deportivo, implicando áreas como inversión, tecnología, seguridad e infraestructura. La Administración del Estado debía contribuir al desarrollo de la organización y coordinar acciones en estos ámbitos. El éxito de los Juegos y una buena representación deportiva española eran clave para impulsar la Educación Física y el Deporte en el país. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 423/1990, de 30 de marzo de 1990, establece la creación de la Comisión Delegada del Gobierno para los Juegos Olímpicos de Barcelona de 1992. Esta comisión tiene como finalidad coordinar la organización del evento, garantizando su éxito y una representación deportiva digna de España. La norma establece que la Comisión Delegada será representativa y ágil, integrando a todos los Departamentos Ministeriales con competencias en la materia, sin perjuicio de la presencia de representantes de otros organismos. La composición de la Comisión incluye al Presidente del Gobierno, el Ministro de Educación y Ciencia como vicepresidente, y otros ministros como vocales, además de un representante de los Departamentos ministeriales con rango de Secretario de Estado o Subsecretario, y el Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno. El Secretario de la Comisión será el Director general de Deportes, quien actuará con voz y voto. En las sesiones de la Comisión Interministerial, se podrá oír al Presidente del Comité organizador de la Olimpiada, así como a otras personas que puedan aportar una contribución singular al asunto que se trate. La Comisión Interministerial, a su vez, se encarga de la preparación, desarrollo y aplicación de los acuerdos de la Comisión Delegada, así como de realizar las actividades que esta le encomiende o delegue. Cuando la índole de los asuntos lo requiera, podrán incorporarse a una u otra Comisión los titulares de otros órganos o Entidades competentes por razón de la materia. La Comisión Delegada, bien por propia iniciativa, bien a propuesta de la Comisión Interministerial, podrá disponer la creación de grupos de trabajo integrados por funcionarios de los Departamentos y Organismos representados en la Comisión, con el fin de estudiar e instrumentar las medidas precisas en áreas específicas de actuación. El funcionamiento de los órganos colegiados creados por este Real Decreto se regulará por lo establecido en el capítulo II del título I de la Ley de Procedimiento Administrativo. El Ministro de Educación y Ciencia dictará las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo del Real Decreto. Finalmente, el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 423/1990 crea una Comisión Delegada del Gobierno para organizar los Juegos Olímpicos de Barcelona de 1992, integrada por representantes de todos los ministerios relevantes. Esta comisión se encarga de coordinar la organización del evento, garantizando su éxito y la representación deportiva de España. El Real Decreto establece su composición, funciones y procedimiento de funcionamiento. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión Delegada del Gobierno**: Se establece una comisión con representación de todos los ministerios con competencias en la materia. ⚠️ **Función y ámbito de actuación**: La comisión se encarga de la preparación, desarrollo y aplicación de acuerdos, así como de realizar actividades encomendadas. 📋 **Estructura y composición**: Incluye al Presidente del Gobierno, el Ministro de Educación y Ciencia, y otros ministros como vocales. ℹ️ **Procedimiento de funcionamiento**: Se rige por la Ley de Procedimiento Administrativo y se establecen disposiciones para su ejecución. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de creación de órgano público - **Fecha**: 30 de marzo de 1990 - **Materias**: Deportes, Organización de eventos internacionales, Administración pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión Delegada, Juegos Olímpicos, Barcelona 1992, Deportes, Administración pública ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la creación de esta Comisión Delegada del Gobierno, la coordinación de un evento de la magnitud de unos Juegos Olímpicos recaía en la estructura ministerial existente, sin un órgano específico y de alto nivel dedicado exclusivamente a ello. A diferencia de otras CCAA que podrían haber tenido comités específicos para eventos regionales, o de la normativa estatal general sobre organización de eventos, este Real Decreto establece una estructura de coordinación interministerial sin precedentes para un evento de esta envergadura, anticipándose a la necesidad de una respuesta unificada y prioritaria del Estado. La aprobación recae en el Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno, lo que subraya su importancia estratégica. Para el ciudadano, esta diferencia es crucial, ya que una coordinación eficaz se traduce en una mejor planificación de infraestructuras, seguridad y servicios, impactando directamente en la experiencia del evento y en la imagen del país. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────