Orden de 3 de mayo de 1990 por la que se aprueba la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Tabaco en el Seguro Agrario Combinado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 3 de mayo de 1990 por la que se aprueba la Norma Específica para la Per ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 3 de mayo de 1990 establece la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Tabaco en el Seguro Agrario Combinado, con el objetivo de definir los criterios y procedimientos para evaluar los daños en cultivos de tabaco asegurados. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en cumplimiento de una Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1985, que crea una Comisión para elaborar normas de peritación de siniestros en el seguro agrario combinado. Se basa en el Real Decreto 2329/1979, que regula el seguro agrario combinado, y en la Norma General de peritación aprobada en 1986. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado el 3 de mayo de 1990 y entra en vigor al día siguiente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 3 de mayo de 1990 aprueba la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Tabaco en el Seguro Agrario Combinado, que se incluye como anexo. Esta norma se fundamenta en el Real Decreto 2329/1979 de 14 de septiembre de 1979, que regula el seguro agrario combinado, y en la Norma General de peritación aprobada por Orden de 21 de julio de 1986. La norma establece las líneas de actuación que deben seguirse en la peritación de daños causados en cultivos de tabaco, que son amparados por el seguro agrario combinado. El ámbito de aplicación de la norma es la evaluación de los daños producidos por los riesgos cubiertos en las producciones de tabaco (Nicotina Tabacum). Además, se definen términos específicos que se aplican en el seguro, incluyendo las condiciones especiales que se fijan en las condiciones de la póliza. El procedimiento de peritación se detalla en el anexo, donde se establecen criterios para evaluar los daños causados por diferentes factores, como perforaciones, desgarros, pedrisco o siniestros de viento. Se indica que los daños por perforaciones y desgarros son acumulativos, lo que significa que se deben sumar en la evaluación del daño total. En la tabla número 3, se detalla la importancia de cada piso foliar respecto al total de la planta, según el tipo de tabaco. Para los tipos excepto «El Havana», se establece que el primer piso foliar representa el 6% del peso total, el segundo el 13%, el tercero el 35%, el cuarto el 28%, el quinto el 18%, y la suma total es del 100%. Para las plantas con menos de 20 hojas, los porcentajes se ajustan proporcionalmente, incrementando la parte correspondiente al cuarto y quinto piso. Para el tabaco tipo «Havana», se establece una distribución diferente: el primer piso foliar representa el 15%, el segundo el 65%, y el tercero el 20%, con una suma total del 100%. En la tabla número 4, se establece el coeficiente de conversión factor K, que se utiliza para calcular el valor de los daños. El estado de cultivo aceptable tiene un factor K de 1, mientras que el estado sanitario y de cultivo deficiente tiene un factor K entre 0,8 y 0,6. Para un estado sanitario y de cultivo muy deficiente, el factor K es menor de 0,6. Estas tablas son herramientas clave para la peritación, ya que permiten calcular el valor de los daños en función del estado del cultivo y la cantidad de hojas afectadas. La norma busca garantizar una evaluación objetiva y justa de los daños, basada en criterios técnicos y específicos para el cultivo de tabaco. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1990 establece una norma específica para la peritación de siniestros en cultivos de tabaco, con tablas detalladas que permiten calcular los daños. La norma se basa en el marco legal del seguro agrario combinado y busca garantizar una evaluación objetiva de los daños. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Norma específica para peritación de siniestros en tabaco** ⚠️ **Criterios técnicos para calcular daños según estado del cultivo** 📋 **Tablas detalladas para evaluar porcentajes de peso de cada piso foliar** ℹ️ **Aplicación en el seguro agrario combinado para garantizar justicia en la evaluación** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 3 de mayo de 1990 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 3 de mayo de 1990 - **Materias**: Seguros agrarios, peritación de siniestros, cultivo de tabaco - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1990, la peritación de siniestros en el seguro agrario combinado se regía por una Norma General aprobada en 1986, pero carecía de especificaciones detalladas para cultivos concretos como el tabaco. Esta norma nacional, aprobada por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Agricultura, Pesca y Alimentación, se alinea con la legislación estatal de seguros agrarios, pero no se compara directamente con normativas autonómicas específicas, ya que estas últimas no existían con este nivel de detalle en 1990. La diferencia es crucial para el agricultor de tabaco, ya que esta norma específica establece un procedimiento claro y adaptado a las particularidades de su cultivo para la evaluación de daños, garantizando una valoración más precisa y justa de las indemnizaciones en caso de siniestro. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────