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Ley Foral 27/2022, de 11 de octubre, de concesión de un crédito extraordinario para los Departamentos de Cohesión Territorial y de Cultura y Deporte.

BOE-A-2022-18153Publicada: 05/11/2022COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** La Ley Foral 27/2022, de 11 de octubre, es una norma del Parlamento de Navarra que aprueba créditos extraordinarios —es decir, partidas de gasto no previstas inicialmente en los presupuestos— para que dos departamentos del Gobierno de Navarra puedan financiar obras urgentes que no podían esperar al ejercicio presupuestario siguiente. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a los municipios de Bera, Olite, Villava y Lapoblación-Meano, cuyos ayuntamientos son los beneficiarios directos de las subvenciones que esta ley habilita. También afecta a los vecinos de esos municipios, en particular a quienes viven cerca de la regata Kalbario en Bera, cuyas viviendas estuvieron en riesgo por el deterioro del encauzamiento. **¿Qué cambia o establece?** La ley crea nuevas partidas presupuestarias en los departamentos de Cohesión Territorial y de Cultura y Deporte para el año 2022. En concreto, concede 498.000 euros para reconstruir el tramo hundido del encauzamiento subterráneo de la regata Kalbario en Bera, dañado tras unas fuertes lluvias que obligaron a desalojar un edificio; 85.000 euros para obras complementarias en la plaza del Fosal de Olite; 40.000 euros para cubrir un parque infantil en la plaza Cortes de Navarra de Villava (cambiando la ubicación inicial prevista por imposibilidad técnica); y 30.000 euros para una fase de construcción del frontón de Meano. Estos créditos se financian redirigiendo partidas ya existentes en el presupuesto vigente.

💬 Contexto ciudadano

El Gobierno de Navarra afrontaba en otoño de 2022 la necesidad de ejecutar obras urgentes de acondicionamiento de infraestructuras de Cohesión Territorial y equipamientos culturales y deportivos que no podían financiarse con el presupuesto ordinario ya aprobado. Esta Ley Foral concede créditos extraordinarios a los departamentos correspondientes para cubrir estas necesidades, siguiendo el procedimiento constitucional y el régimen de disciplina presupuestaria del Convenio Económico. Las modificaciones de crédito extraordinario en Navarra, como en todas las CCAA, requieren ley parlamentaria y justificación de la imposibilidad de atender la necesidad con los créditos ordinarios existentes o mediante reasignación, siendo el Parlamento Foral el garante del control del gasto público autonómico.

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