Orden de 20 de junio de 1990 por la que se modifica la composición de la Comisión Organizadora de la Presencia Española en la Feria del Libro de Francfort 1991.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 20 de junio de 1990 por la que se modifica la composición de la Comisió ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 20 de junio de 1990 modifica la composición de la Comisión Organizadora de la Presencia Española en la Feria del Libro de Francfort 1991, incorporando un representante del subsector de la distribución editorial. 2. **CONTEXTO** La Comisión Organizadora de la Presencia Española en la Feria del Libro de Francfort 1991 fue creada por Orden de 9 de octubre de 1989, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 11 del mismo mes. Esta comisión está compuesta por representantes de organismos públicos y privados relacionados con la actividad editorial. La Orden de 1990 busca ampliar la representación del sector privado, especialmente en el ámbito de la distribución editorial. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 20 de junio de 1990, publicada en el Boletín Oficial del Estado, modifica la composición de la Comisión Organizadora de la Presencia Española en la Feria del Libro de Francfort 1991. La comisión, creada por la Orden de 9 de octubre de 1989, estaba integrada por representantes de organismos públicos y privados relacionados con la actividad editorial. La presente norma establece que, con el fin de completar la representación de las entidades del sector privado del libro, se considera conveniente incrementar la composición de dicha comisión con un vocal perteneciente al subsector de la distribución editorial. La Orden establece que el Presidente de la Federación de Asociaciones Nacionales de Distribuidores de Ediciones, o persona en quien delegue, formará parte como vocal de la Comisión Organizadora. Esta incorporación se realiza a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores, de Transportes, Turismo y Comunicaciones, y de Cultura, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas. La Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La firma de la Orden corresponde al Sr. Zapatero Gómez, quien ostenta el cargo de Ministro de Asuntos Exteriores, de Transportes, Turismo y Comunicaciones y de Cultura. La norma se basa en el derecho administrativo español, específicamente en el ámbito de la organización de eventos internacionales y la representación institucional en contextos culturales. La modificación de la composición de la comisión se fundamenta en la necesidad de una representación más completa del sector privado, especialmente en el ámbito de la distribución editorial, lo cual refleja una política de inclusión y diversificación en la representación institucional. La norma no establece nuevas competencias ni derechos, sino que modifica la estructura de una comisión ya existente, con el objetivo de mejorar su representatividad. La incorporación del vocal del subsector de la distribución editorial se justifica como una medida para garantizar una participación más equilibrada y representativa de las diferentes entidades del sector editorial. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1990 modifica la composición de la Comisión Organizadora de la Presencia Española en la Feria del Libro de Francfort 1991, incorporando un representante del subsector de la distribución editorial. La norma se fundamenta en la necesidad de una representación más completa del sector privado en la organización de la presencia española en ferias internacionales. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la composición de la Comisión Organizadora**: Se incorpora un vocal del subsector de la distribución editorial. ⚠️ **Representación del sector privado**: La norma busca una mayor representatividad del sector privado en la organización de la presencia española en ferias internacionales. 📋 **Procedimiento de aprobación**: La norma fue aprobada a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores, de Transportes, Turismo y Comunicaciones, y de Cultura, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas. ℹ️ **Vigencia**: La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 20 de junio de 1990 - **Materias**: Organización de eventos internacionales, representación institucional, sector editorial - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1990 modifica la composición de una comisión organizadora previamente establecida en 1989 para la participación española en la Feria del Libro de Francfort. Antes de esta modificación, la comisión estaba integrada por representantes de la administración y entidades públicas y privadas vinculadas al sector editorial. La novedad reside en la inclusión de un vocal representante del subsector de la distribución editorial, buscando así completar la representación del sector privado. A diferencia de normativas más amplias que regulan la participación cultural o el comercio exterior, esta orden es específica y de ámbito nacional, aprobada por los Ministros de Asuntos Exteriores, Transporte, Turismo y Comunicaciones, y Cultura, con la aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque una representación más completa del sector editorial en eventos internacionales puede traducirse en una mejor promoción y difusión de la cultura y la industria del libro española, beneficiando indirectamente a autores, editores y distribuidores, y enriqueciendo la oferta cultural disponible. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────