Orden JUS/1018/2022, de 24 de octubre, por la que se modifica la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una orden del Ministerio de Justicia, aprobada en octubre de 2022, que modifica una norma anterior de 2016 sobre cómo se tramitan las solicitudes de nacionalidad española por residencia. Su objetivo es corregir problemas prácticos y vacíos legales que habían surgido en la gestión de estos expedientes. **¿A quién afecta?** Afecta a las personas extranjeras que residen en España y están solicitando la nacionalidad española por residencia, especialmente a quienes necesitan pedir una dispensa para no realizar los exámenes DELE (idioma español) o CCSE (conocimientos constitucionales y socioculturales) del Instituto Cervantes, o a quienes deben presentarse a dichas pruebas. **¿Qué cambia o establece?** La norma introduce tres modificaciones concretas. Primera: si un solicitante no aporta documentación requerida en el plazo de tres meses, su expediente se archivará por desistimiento y la resolución agotará la vía administrativa, pudiendo recurrirse mediante recurso de reposición (antes era recurso de alzada). Segunda: para identificarse en los exámenes DELE y CCSE ya no es obligatorio presentar simultáneamente el pasaporte y la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE); excepcionalmente, basta con un único documento identificativo válido, lo que facilita el acceso a quienes tienen dificultades para renovar el pasaporte. Tercera: el certificado que acredita haber superado el examen CCSE tendrá una validez de cuatro años desde la fecha de su expedición.
💬 Contexto ciudadano
La tramitación de las solicitudes de nacionalidad española por residencia, gestionada por la DGSJ, había acumulado importantes retrasos y disfuncionalidades derivadas de la digitalización incompleta del procedimiento y de vacíos en la Orden JUS/1625/2016. Esta modificación corrige varios problemas prácticos: régimen de notificaciones electrónicas, acreditación documental de los años de residencia, gestión de expedientes iniciados antes de la digitalización y coordinación entre el Registro Civil y los consulados. España concede entre 100.000 y 200.000 nacionalizaciones anuales por residencia, siendo el volumen de nacionales latinoamericanos —acogidos al plazo reducido de 2 años de residencia— el principal flujo, lo que hace especialmente relevante la eficiencia del procedimiento para la integración de los inmigrantes.