Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 29 de junio de 1990 por la que se ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Cabrales» y su Consejo Regulador.

BOE-A-1990-16510Publicada: 12/07/1990MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de junio de 1990 por la que se ratifica el Reglamento de la Denomina ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 29 de junio de 1990 ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Cabrales» y establece el Consejo Regulador que lo supervisa. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 2 de julio de 1990. Se emitió con el objetivo de formalizar y regular la producción y comercialización del queso Cabrales, una denominación de origen protegida en la región de Asturias. Esta norma se enmarca en el marco de la Unión Europea, que en la época aún no había adoptado el Reglamento (CE) No 2081/92, pero ya se movía hacia la protección de denominaciones de origen. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 29 de junio de 1990 ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Cabrales», que establece las condiciones de producción, características sensoriales, composición, método de elaboración y control de calidad del queso. La norma establece que el queso Cabrales debe ser elaborado exclusivamente con leche de vaca de raza Holstein o de raza local, obtenida de animales criados en la región de Asturias. Además, se define el proceso de elaboración, que incluye la coagulación, curado y maduración del queso, y se establece un periodo mínimo de maduración de 6 meses. La Orden también crea el Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Cabrales», que tiene la función de velar por la calidad, autenticidad y protección de la denominación. El Consejo está compuesto por representantes de productores, industriales, expertos en gastronomía y técnicos, y su sede está ubicada en la región de Asturias. La norma establece que el Consejo Regulador debe garantizar que el queso cumpla con las normas de higiene y seguridad alimentaria establecidas por la legislación vigente. En cuanto a la protección de la denominación de origen, la Orden establece que el uso de la denominación «Cabrales» está reservado a los productos que cumplan con las condiciones establecidas en el Reglamento. Se prohíbe el uso de la denominación en productos que no reúnan las características específicas, así como el uso de términos que puedan engañar al consumidor sobre la procedencia o calidad del producto. La norma también establece que el Consejo Regulador debe realizar controles periódicos de los productos que llevan la denominación de origen, y que debe mantener un registro de los productos certificados. Además, se establece un sistema de control de calidad que incluye análisis microbiológicos, químicos y sensoriales, con el fin de garantizar la autenticidad y calidad del queso. La Orden también establece que el Consejo Regulador debe promover la difusión de la denominación de origen, tanto a nivel nacional como internacional, mediante campañas de información y promoción. Además, se establece que el Consejo debe colaborar con instituciones científicas y técnicas para la mejora de los métodos de producción y la investigación sobre el queso Cabrales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1990 establece un marco legal para la protección y regulación de la denominación de origen «Cabrales». Crea el Consejo Regulador para garantizar la calidad y autenticidad del producto. La norma establece condiciones estrictas de producción y control de calidad. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ratificación del Reglamento de la Denominación de Origen «Cabrales»** ⚠️ **Creación del Consejo Regulador para su supervisión** 📋 **Establecimiento de condiciones estrictas de producción y control de calidad** ℹ️ **Prohibición del uso de la denominación en productos no auténticos** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 29 de junio de 1990 - **Materias**: Denominación de Origen, Alimentación, Industria láctea - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1990, la protección de la Denominación de Origen «Cabrales» se regía por normativas previas, probablemente de menor rango o con un alcance más limitado, que buscaban salvaguardar la calidad y el origen de este queso asturiano. La presente Orden, al ratificar un Reglamento específico y establecer un Consejo Regulador, eleva y formaliza esta protección a nivel estatal, alineándose con la tendencia de otras Comunidades Autónomas a desarrollar normativas propias para sus productos agroalimentarios de calidad diferenciada, y en consonancia con las directivas europeas sobre protección de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas. La aprobación recae en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la diferencia para el ciudadano radica en la garantía de autenticidad y calidad del «Cabrales», permitiendo una identificación clara y fiable del producto en el mercado, lo que a su vez protege al consumidor de imitaciones y fomenta la economía local. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →