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Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 6/1990, de 11 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Región de Murcia.

BOE-A-1990-16904Publicada: 17/07/1990Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Ley 6/1990, de 11 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Región de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 6/1990, de 11 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Región de Murcia, establece el marco legal para la protección, gestión y difusión del patrimonio documental de la Región de Murcia, incluyendo documentos públicos y privados de interés regional. 2. **CONTEXTO** La Ley fue aprobada por la Asamblea Regional de la Región de Murcia y promulgada por el Presidente de la Comunidad Autónoma en nombre del Rey. Se dictó en el marco del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, que otorga competencias exclusivas sobre el patrimonio cultural e histórico y la gestión de archivos de interés regional. La norma busca garantizar la protección y accesibilidad de los documentos públicos y privados que conforman el patrimonio documental de la región. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 6/1990, de 11 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Región de Murcia, establece un sistema de gestión de archivos y patrimonio documental en la Región de Murcia, basado en los principios de territorialidad, organización, conservación y difusión de la documentación. La norma se fundamenta en el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, en su artículo 10.1, I) y II), que otorga a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre el patrimonio cultural e histórico y los archivos de interés regional no de titularidad estatal, y en el artículo 12.1.b), que establece la gestión de archivos de titularidad estatal de interés para la Región, en el marco de convenios con el Estado. La Ley define el patrimonio documental como la colección de documentos públicos y privados que forman parte del patrimonio cultural e histórico de la Región de Murcia, respetando la titularidad de los mismos. Establece que la documentación pública debe mantenerse organizada desde su creación en las distintas oficinas, y se establecen plazos concretos de transferencia de documentos desde las oficinas al archivo intermedio y de éste al histórico, en función de la antigüedad de los mismos. Estos plazos contribuyen a la conservación eficaz de los documentos. La norma también desarrolla el Sistema de Archivos ya existente, siguiendo criterios de racionalidad, eficacia y economía, con el fin de mantener viva la documentación que ha generado la historia de la región y facilitar su utilización para su mejor conocimiento. Para garantar la protección de los documentos, se establecen procedimientos de expurgo, destrucción o conservación, que deben ser autorizados por la Consejería de Cultura, Educación y Turismo, salvo que se determine reglamentariamente en conexión con la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos del Estado. La Ley establece disposiciones transitorias que regulan el ajuste de los archivos integrados en el Sistema de Archivos de la Región de Murcia en un plazo de dos años, el plazo de comunicación inicial para los comerciantes de documentos históricos (seis meses), y la conservación de la documentación del Archivo General de la extinta Diputación Provincial de Murcia en el archivo de la Administración Regional como sección independiente hasta que se determine su depósito en el archivo histórico. Además, se derogan todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a la presente Ley. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 6/1990 establece un marco legal para la protección y gestión del patrimonio documental de la Región de Murcia. Define el patrimonio documental, establece plazos de transferencia de documentos, y regula la gestión de archivos públicos y privados. Incluye disposiciones transitorias y derogatorias para garantizar su aplicación efectiva. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Definición del patrimonio documental**: Incluye documentos públicos y privados de interés regional, respetando su titularidad. ⚠️ **Plazos de transferencia**: Establece plazos concretos para la transferencia de documentos desde oficinas al archivo intermedio y histórico. 📋 **Sistema de archivos**: Desarrolla el sistema existente con criterios de racionalidad, eficacia y economía. ℹ️ **Procedimientos de expurgo y destrucción**: Requiere autorización de la Consejería de Cultura, Educación y Turismo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica - **Fuente**: Ley 6/1990 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha de entrada en vigor**: 12 de abril de 1990 - **Materias**: Archivos, patrimonio documental, gestión documental, protección de documentos - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la gestión del patrimonio documental en la Región de Murcia se regía por normativas estatales y, en su caso, por convenios específicos con el Estado, dada la competencia exclusiva autonómica sobre archivos de interés regional que no fueran de titularidad estatal, tal como preveía su Estatuto de Autonomía. Esta ley murciana, aprobada por la Asamblea Regional, se alinea con la tendencia de otras Comunidades Autónomas a desarrollar su propia legislación en materia de archivos y patrimonio documental, buscando una mayor especificidad y adaptación a sus necesidades. La diferencia principal radica en la consolidación de un marco normativo propio que facilita la protección, organización y difusión de la documentación pública y privada de interés regional, lo cual es crucial para el ciudadano al garantizar el acceso a su historia, la transparencia administrativa y la preservación de la memoria colectiva. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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