Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 901/2022, de 25 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 707/2015, de 24 de julio, por el que se regula el Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria.

BOE-A-2022-17472Publicada: 26/10/2022MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** El Real Decreto 901/2022 modifica la norma que regula el Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, un fondo público creado para financiar la construcción y mejora de las conexiones viarias y ferroviarias que unen los puertos de interés general del Estado con las redes generales de transporte. El objetivo de esta modificación es aclarar dudas que habían surgido sobre cómo funcionan las aportaciones obligatorias que los organismos portuarios deben realizar a dicho fondo, precisando su naturaleza jurídica y su régimen contable. **¿A quién afecta?** Afecta directamente a los organismos públicos portuarios, es decir, a Puertos del Estado y a las Autoridades Portuarias, que son quienes están obligados a realizar aportaciones al fondo. Al tratarse de una norma de organización interna del sector portuario público, no genera obligaciones ni derechos nuevos para los ciudadanos particulares o las empresas privadas de forma directa. **¿Qué cambia o establece?** La norma aclara dos aspectos clave: primero, que las aportaciones obligatorias solo se cobrarán efectivamente cuando el fondo tenga necesidades reales de financiación para proyectos concretos, y que el órgano gestor puede decidir no reclamarlas si hay subvenciones externas disponibles, como fondos europeos. Segundo, que las aportaciones ya devengadas pero no reclamadas en un plazo de cinco años caducan y dejan de ser exigibles. Además, se aplica efecto retroactivo a los cambios que tienen un carácter meramente interpretativo o aclaratorio.

💬 Contexto ciudadano

Los puertos de interés general del Estado tienen con frecuencia deficiencias en sus conexiones viarias y ferroviarias con las redes generales de transporte, lo que limita su eficiencia logística y su integración en las cadenas de suministro europeas. El Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, creado por el RD 707/2015, financia estas mejoras de conexión. Esta modificación actualiza las condiciones del Fondo —criterios de elegibilidad, procedimiento de financiación, seguimiento— para adaptarlas a las exigencias del Reglamento TEN-T de la UE, que establece estándares de accesibilidad multimodal para los puertos incluidos en la Red Principal y Global de transporte transeuropeo.

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