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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 901/1990, de 13 de julio, por el que se reestructuran la Subsecretaría del Ministerio del Interior y los Centros directivos dependientes de ella.

BOE-A-1990-17941Publicada: 27/07/1990MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 901/1990, de 13 de julio, por el que se r ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 901/1990, de 13 de julio, fue corregido para corregir errores y omisiones en su texto original, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 169, de fecha 16 de julio de 1990. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 901/1990 establecía la reestructuración de la Subsecretaría del Ministerio del Interior y los Centros directivos dependientes de ella. Durante su publicación, se detectaron errores y omisiones en el texto remitido, lo que generó la necesidad de rectificaciones. Estas correcciones afectaron varios artículos y disposiciones finales, con el objetivo de garantizar la precisión y coherencia del texto legal. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 901/1990, de 13 de julio, fue corregido mediante una serie de rectificaciones que se detallan a continuación, con el fin de corregir errores y omisiones en su texto original. Las correcciones afectaron varios artículos y disposiciones finales, con el objetivo de garantizar la precisión y coherencia del texto legal. En el **artículo 1.° 5**, se añade la frase «... queda asimismo integrado en la Subsecretaria» después de la mención del Ministerio de Justicia. Esta corrección busca clarificar la integración de ciertas funciones en la Subsecretaría. En el **artículo 2.° 2**, se modifica la frase «... el estudio e informe del Consejo de Ministros...» por «... el estudio e informe de cuantos asuntos sean sometidos a deliberación del Consejo de Ministros...». Esta corrección amplía el alcance del estudio e informe a todos los asuntos sometidos a deliberación, no solo a un único asunto. En el **artículo 2.° 4**, se corrige «... propusta de resolución...» por «... propuesta de resolución...», corrigiendo el error de la forma del verbo. En el **artículo 4.° 1**, se corrige «... siniestralidd...» por «... siniestralidad...», corrigiendo el error de ortografía. Además, se modifica «... emergencias y ámbito estatal...» por «... emergencias de ámbito estatal...», para precisar el ámbito de las emergencias. En el **artículo 5.° 4**, se corrige «... contabilidad del Departamento...» por «... contabilidad analítica del Departamento...», para precisar el tipo de contabilidad aplicable. En el **artículo 6.°**, se corrige «... por el Ministerio del Interior...» por «... por el Ministro del Interior...», para adecuar el uso del título de cargo. En el **artículo 6.° 1**, se corrige «... Director genral...» por «... Director general...», corrigiendo el error de ortografía. En el **artículo 6.° 2**, se corrige «... e instrucciones...» por «... e instrucción...», corrigiendo el error de concordancia. En el **artículo 7.°**, se suprime la frase «Su titular sustituye al Director general, en caso de vacante, y en los casos de ausencia o enfermedad, si éste no hubiera encargado expresamente de su sustitución a otro Subdirector general» del apartado 2 y se inserta en el apartado 1, correspondiente a la Secretaría General. Esta corrección busca adecuar la estructura de la Secretaría General. En el **artículo 7.° 3**, se corrige «La Subdirección General de Formación, que sirve de cauce administrativo para la ejecución de las funciones...» por «La Subdirección General de Investigación y Formación Vial, que sirve de cauce administrativo para la ejecución de las funciones...», para precisar el nombre correcto de la Subdirección General. En el **artículo 7.° 4**, se corrige «... de resolución de raclamaciones...» por «... de resolución de reclamaciones...», corrigiendo el error de ortografía. En la **disposición final primera**, se añade la frase «... cuyas funciones se asumen por la Escuela Nacional de Protección Civil» después de la mención de «La Subdirección General de Prevención y Estudios, de la Dirección General de Protección Civil». Esta corrección establece la asunción de funciones por la Escuela Nacional de Protección Civil. En la **disposición final primera.3**, se corrige «... a la de Subdirección General de Planes y Operaciones...» por «... a la Subdirección General de Planes y Operaciones...», para adecuar la forma de la referencia. En la **disposición final primera.3**, se completa la alusión a «Las de la Subdirección General de Circulación y Seguridad Vial, de la Dirección General de Tráfico, a la Subdirección General de Seguridad Vial» con la alusión «... o a la Subdirección General de Investigación y Formación Vial, según las funciones o unidades orgánicas de que en cada caso se trate». Esta corrección busca precisar la referencia a la Subdirección General de Investigación y Formación Vial. Estas correcciones son fundamentales para garantizar la precisión del texto legal y la correcta aplicación de las normas establecidas en el Real Decreto 901/1990. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 901/1990 fue corregido para corregir errores y omisiones en su texto original. Las correcciones afectaron varios artículos y disposiciones finales, con el objetivo de garantizar la precisión y coherencia del texto legal. Estas rectificaciones son importantes para la correcta aplicación de las normas establecidas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en el texto del Real Decreto 901/1990. ⚠️ Algunas correcciones afectan la estructura y funciones de las dependencias. 📋 Las rectificaciones incluyen cambios de ortografía, concordancia y precisión de funciones. ℹ️ Las correcciones son necesarias para garantizar la correcta aplicación de la norma. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 901/1990, de 13 de julio - **Tipo**: Rectificación de errores - **Fecha**: 16 de julio de 1990 - **Materias**: Organización administrativa, funciones públicas, rectificaciones - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto, rectificación, errores, funciones públicas, organización administrativa ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto, aprobado por el Gobierno central en 1990, se limita a corregir errores materiales y omisiones en una norma previa que reestructuraba la Subsecretaría del Ministerio del Interior. A diferencia de normativas que establecen nuevas competencias o regulaciones, esta es una corrección técnica, sin parangón directo con otras CCAA o directivas UE, ya que su alcance es meramente formal y de precisión. La aprobación recae en el Consejo de Ministros, y la ausencia de estas correcciones podría haber generado inseguridad jurídica o interpretaciones erróneas en la aplicación de la estructura interna del Ministerio del Interior, afectando la claridad en la asignación de funciones y responsabilidades dentro de la administración pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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