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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico. Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

BOE-A-1990-18698Publicada: 03/08/1990MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige errores en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado en 1990, para garantizar la precisión legal. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto Legislativo 339/1990 fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 63, de 14 de marzo de 1990, páginas 7259 a 7270. Posteriormente se identificaron errores en su texto articulado, que afectaban la correcta aplicación de la norma. Para corregir estos errores, se emitió un nuevo Real Decreto que transcribe las rectificaciones necesarias. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige errores en el texto articulado del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo de 1990, que se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» número 63, de 14 de marzo de 1990, páginas 7259 a 7270. Estas correcciones afectan diversos artículos y apartados, con el objetivo de garantizar la precisión y coherencia de la normativa. En el **Artículo 8.2**, se corrige la frase «cumplimentar las directivas» por «cumplimentar las directrices», lo cual se alinea con el uso correcto del término en el ámbito legal. En el **Artículo 14.1**, se modifica la frase «o de un vehículo especial con el peso máximo autorizado que reglamentariamente se determine» por «o de un vehículo especial con el peso máximo autorizado superior al que reglamentariamente se determine», para precisar que el peso autorizado debe ser superior al establecido. En el **Artículo 24.2**, se corrige «goce la prioridad de paso» por «goce de prioridad de paso», para corregir el uso incorrecto del artículo. En el **Artículo 39.1**, se modifica «prohibido para y estacionar» por «prohibido parar y estacionar», para corregir el uso incorrecto de la preposición. En el **Artículo 57.1**, se corrige «seguridad para la circulación y de la instalación» por «seguridad para la circulación y la instalación», para corregir la ambigüedad en la redacción. En el **Artículo 59.2**, se modifica «figurar en todo caso las de los primeros» por «figurar en todo caso en las de los primeros», para corregir la redacción. En el **Artículo 63.4**, se corrige «facultad de acreditar en la forma y plazos» por «facultad de acreditar su existencia en la forma y plazos», para precisar el objeto de la facultad. En el **Artículo 63.5**, se modifica «nuevo, siguiente el procedimiento» por «nuevo, siguiendo el procedimiento», para corregir el uso de la preposición. En el **Artículo 67.1**, se corrige «suspensión de las autorizaciones a que se refiere el mismo párrafo y el segundo del apartado 3 de este artículo» por «suspensión de las autorizaciones a que se refiere el mismo párrafo y el segundo del apartado 4 de este artículo», para corregir la referencia al apartado. En el **Artículo 72.4**, se modifica «establecidos en el apartado 1 del artículo 67» por «establecidos en el apartado 4 del artículo 67», para corregir la referencia. En el **Anexo, apartado 10**, se corrige «condiciones técnicas exigidas en este Código o sobrepasa permanentemente los límites establecidos en el mismo para pesos y dimensiones» por «condiciones técnicas exigidas reglamentariamente o sobrepasa permanentemente los límites establecidos para pesos y dimensiones», para corregir la redacción. En el **Anexo, apartado 17**, se modifica «concebidos y construidos para efectuar trabajos de preparación del terreno o laboreo, que, además no se consideraran vehículos a los efectos de este Código» por «concebidos y construidos para efectuar trabajos de preparación del terreno o laboreo», para eliminar la redundancia. En el **Anexo, apartado 20**, se corrige «defecto o incapacidad físicos» por «disfunción o incapacidad físicas», para corregir el uso incorrecto del sustantivo. Estas correcciones buscan garantizar la coherencia, claridad y precisión de la normativa, evitando ambigüedades o errores que podrían afectar su aplicación en la práctica. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige errores en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, para garantizar su correcta aplicación. Las correcciones afectan diversos artículos y apartados, con el objetivo de mejorar la precisión legal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico. ⚠️ Errores afectan la aplicación correcta de la normativa. 📋 Modificaciones en múltiples artículos y apartados. ℹ️ Correcciones buscan claridad y coherencia legal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 2 de marzo de 1990 (publicación original), corrección posterior - **Materias**: Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor, Seguridad Vial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto, Ley sobre Tráfico, Corrección de errores, Seguridad Vial, Circulación de Vehículos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1990, que aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se presenta como una corrección de errores de una norma ya existente, la cual establecía el marco legal nacional para la circulación. A diferencia de normativas autonómicas que podrían tener desarrollos específicos, este Real Decreto tiene ámbito estatal y su objetivo es asegurar la coherencia y precisión del texto original, que a su vez debe alinearse con las directivas de la Unión Europea en materia de seguridad vial. La aprobación recae en el Gobierno central, y la corrección de errores, aunque aparentemente menor, es crucial para el ciudadano, ya que garantiza la correcta interpretación y aplicación de las normas de tráfico, evitando ambigüedades que podrían derivar en sanciones o confusiones sobre derechos y obligaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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