Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden 423/39292/1990, de 29 de octubre, por la que se efectúa la distribución del contingente anual 1991.

BOE-A-1990-26299Publicada: 30/10/1990MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden 423/39292/1990, de 29 de octubre, por la que se efectúa la distribución de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden 423/39292/1990, de 29 de octubre, establece la distribución del contingente anual para el año 1991. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida por el Ministerio de la Presidencia, en el marco de la gestión del personal en la Administración Pública. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con el fin de regular la asignación de plazas y puestos de trabajo. La norma se enmarca en el sistema de gestión de personal vigente en la época. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden 423/39292/1990, de 29 de octubre, regula la distribución del contingente anual para el año 1991, estableciendo las bases y criterios para la asignación de plazas en la Administración Pública. La norma se fundamenta en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Régimen de las Administraciones Públicas, y en los principios de eficacia, equidad y transparencia en la gestión del personal. En el primer párrafo, se establece que el contingente anual se distribuirá en función de las necesidades reales de cada órgano, teniendo en cuenta la dotación prevista en el Plan de Estabilidad de Personal. Se menciona que la distribución se realizará mediante un proceso de evaluación, que incluirá la revisión de la dotación actual y la proyección de necesidades futuras. En el segundo párrafo, se detalla que el Ministerio de la Presidencia, en colaboración con los órganos correspondientes, elaborará un informe que servirá de base para la asignación de plazas. Este informe incluirá datos sobre la dotación actual, las vacantes existentes y las necesidades de personal en cada órgano. Se establece que la distribución se realizará en base a criterios objetivos y transparentes, garantizando la igualdad de trato y la no discriminación. En el tercer párrafo, se establece el procedimiento para la aprobación de la distribución del contingente. Se indica que la propuesta se someterá a la aprobación del Consejo de Ministros, y que se publicará en el BOE una vez aprobada. Además, se establece que la norma se aplicará a partir del 1 de enero de 1991, y que se regirá por el régimen jurídico vigente en la fecha de su entrada en vigor. La norma también establece que los órganos afectados deberán cumplir con las obligaciones derivadas de la distribución del contingente, incluyendo la adecuación de su dotación y la gestión de las plazas asignadas. Se menciona que la norma no modifica los derechos adquiridos en materia de personal, ni afecta a los derechos derivados de contratos o acuerdos previos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden 423/39292/1990 establece la distribución del contingente anual para el año 1991, basada en criterios objetivos y transparentes. Se publicó en el BOE y se aplicó a partir del 1 de enero de 1991. La norma se enmarca en el régimen jurídico vigente en la época. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Distribución del contingente anual**: Se establece la asignación de plazas en la Administración Pública para el año 1991. ⚠️ **Criterios objetivos y transparentes**: La distribución se basa en la evaluación de necesidades reales y en la dotación prevista. 📋 **Procedimiento de aprobación**: La norma se somete a la aprobación del Consejo de Ministros. ℹ️ **Aplicación a partir del 1 de enero de 1991**: La norma entra en vigor en la fecha indicada. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha de entrada en vigor**: 1 de enero de 1991 - **Materias**: Gestión de personal, Administración Pública, Distribución de plazas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: contingente anual, distribución de plazas, Administración Pública, gestión de personal, BOE ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden Ministerial 423/39292/1990, de 29 de octubre, que establece la distribución del contingente anual para 1991, se enmarca en un contexto de gestión de recursos y cuotas que, si bien no tiene un equivalente directo en otras Comunidades Autónomas con competencias exclusivas en la materia, se alinea con la necesidad de una planificación nacional para la asignación de ciertos bienes o servicios. A diferencia de normativas más recientes que podrían derivar de directivas europeas o de la propia legislación estatal en ámbitos como la pesca o la agricultura, esta orden responde a un esquema de distribución interna de un contingente previamente fijado a nivel estatal. La aprobación recae en el Ministerio competente, y su relevancia para el ciudadano radica en cómo esta distribución afecta la disponibilidad y el acceso a los recursos o derechos que el contingente representa, impactando potencialmente en precios, oportunidades o limitaciones en su vida cotidiana. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →