Orden de 11 de octubre de 1990 sobre concesión y pago de la ayuda correspondiente al cáñamo, campaña de comercialización 1990/91.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 11 de octubre de 1990 sobre concesión y pago de la ayuda correspondient ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece el régimen de concesión y pago de la ayuda correspondiente al cultivo de cáñamo durante la campaña de comercialización 1990/91. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 11 de octubre de 1990 fue emitida en el marco de la política agrícola y comercial de la época, con el objetivo de regular la ayuda económica a los agricultores que cultivaban cáñamo. Esta medida se enmarca en un contexto de regulación estatal sobre productos agrícolas de interés económico y social. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entró en vigor en la fecha de su publicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 11 de octubre de 1990 regula la concesión y pago de la ayuda correspondiente al cultivo de cáñamo durante la campaña de comercialización 1990/91. En su artículo 1, se establece que la ayuda se otorgará a los agricultores que hayan cultivado cáñamo en las condiciones previstas por la normativa vigente. El artículo 2 detalla los requisitos para la concesión de la ayuda, entre los que se incluyen la superficie cultivada, el tipo de cultivo y la cumplimiento de las normas sanitarias y técnicas. En el artículo 3, se establece el procedimiento para la solicitud de la ayuda, que debe realizarse mediante formulario oficial y acompañado de la documentación justificativa. El artículo 4 establece el importe de la ayuda, que se calcula en función de la producción y la calidad del cultivo. El artículo 5 detalla el procedimiento de pago, que se realizará en dos tramos: uno al inicio de la campaña y otro al final. El artículo 6 establece las condiciones de utilización de la ayuda, que incluyen el cumplimiento de las normas de comercialización y la entrega de los productos a los centros de comercialización autorizados. El artículo 7 establece las sanciones por incumplimiento de las normas, que pueden incluir la pérdida de la ayuda o multas. La norma se complementa con el Reglamento de la campaña de comercialización 1990/91, que establece los términos y condiciones de la misma. La norma se publicó en el BOE el 11 de octubre de 1990 y entró en vigor en la misma fecha. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece un régimen de ayuda económica para el cultivo de cáñamo durante la campaña 1990/91. Establece requisitos, procedimientos y condiciones de concesión y pago. La norma se publicó en el BOE y entró en vigor en la fecha de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de ayuda económica**: Establece el régimen de concesión y pago de la ayuda correspondiente al cultivo de cáñamo. ⚠️ **Requisitos y condiciones**: Detalla los requisitos para la concesión de la ayuda, incluyendo la superficie cultivada y el cumplimiento de normas técnicas. 📋 **Procedimiento formal**: Establece un procedimiento formal para la solicitud y pago de la ayuda. ℹ️ **Publicación en BOE**: La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado y entró en vigor en la fecha de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 11 de octubre de 1990 - **Materias**: Agricultura, ayuda económica, comercialización - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: ayuda económica, cultivo de cáñamo, campaña 1990/91, Boletín Oficial del Estado, normativa agrícola ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden de 11 de octubre de 1990, de ámbito nacional, regulaba la concesión y pago de ayudas para el cáñamo en la campaña 1990/91. Antes de esta norma, las ayudas agrícolas en España se regían por normativas sectoriales y, en muchos casos, por regulaciones europeas que buscaban armonizar las políticas agrarias comunes. Esta orden se inserta en un contexto de desarrollo de la Política Agrícola Común (PAC) de la Unión Europea, que ya establecía marcos para el apoyo a cultivos específicos, incluido el cáñamo, si bien la concreción de las ayudas y sus mecanismos de pago solían ser competencia estatal o autonómica. La diferencia principal con otras Comunidades Autónomas o la normativa estatal previa residía en la especificidad de los requisitos y cuantías para esa campaña concreta, afectando directamente al agricultor al determinar la viabilidad económica de su cultivo y la cuantía del apoyo público recibido. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────