Resolución de 30 de octubre de 1990, de la Secretaría General de Pesca Marítima, por la que se publica el censo anual de buques arrastreros congeladores, conforme a la Orden de 17 de octubre de 1988 por la que se ordena la actividad pesquera de la flota española que faena en la zona de regulación de la «Organización de la Pesca en el Atlántico Noroccidental» (NAFO).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 30 de octubre de 1990, de la Secretaría General de Pesca Marítima, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 30 de octubre de 1990, publicada por la Secretaría General de Pesca Marítima, establece el censo anual de buques arrastreros congeladores autorizados para ejercer actividades de pesca en el caladero de la NAFO durante el año 1990, según los criterios previamente establecidos. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en el marco de la Orden de 17 de octubre de 1988, que regula la actividad pesquera de la flota española en la zona de regulación de la NAFO. Se basa en la Resolución de 3 de abril de 1990, que establece los criterios para la confección del censo. La Secretaría General de Pesca Marítima, en uso de las facultades concedidas en la Orden anterior, publica la lista de buques congeladores que podrán ejercer actividades de pesca en 1990, siguiendo el orden de prioridad establecido. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 30 de octubre de 1990, publicada por la Secretaría General de Pesca Marítima, se fundamenta en el artículo 1 de la Orden de 17 de octubre de 1988, que establece la ordenación de la actividad pesquera de la flota española en la NAFO. Asimismo, se basa en la Resolución de 3 de abril de 1990, que establece los criterios para la confección del censo anual de buques arrastreros congeladores. La Secretaría General de Pesca Marítima, en uso de las facultades concedidas en la Orden de 17 de octubre de 1988, ha resuelto publicar como anexo la lista de buques congeladores que podrán ejercer actividades de pesca durante 1990 en el caladero de la NAFO, según el orden de prioridad establecido en la Resolución de 3 de abril de 1990. La Resolución establece que, para la confección del plan de pesca de la flota congeladora de arrastre para 1990, se publica como anexo la lista de buques congeladores que podrán ejercer actividades de pesca durante 1990 en el caladero de la NAFO. La lista incluye información detallada de cada buque, como nombre, matrícula, folio, TRB (toneladas de registro bruto), CV (capacidad de carga), indicativo de llamada, año de construcción, puerto base, entre otros datos. La lista se presenta en orden de prioridad, según el criterio establecido en la Resolución de 3 de abril de 1990, que establece los criterios para la confección del censo. La Secretaría General de Pesca Marítima ha resuelto publicar esta lista como anexo, con el fin de que los interesados puedan conocer los buques autorizados para ejercer actividades de pesca en el caladero de la NAFO durante el año 1990. La Resolución también establece que la lista de buques congeladores autorizados para ejercer actividades de pesca en el caladero de la NAFO durante el año 1990 se publica como anexo, y que dicha lista se presenta en orden de prioridad, según el criterio establecido en la Resolución de 3 de abril de 1990. La lista incluye información detallada de cada buque, como nombre, matrícula, folio, TRB, CV, indicativo de llamada, año de construcción, puerto base, entre otros datos. La Secretaría General de Pesca Marítima ha resuelto publicar esta lista como anexo, con el fin de que los interesados puedan conocer los buques autorizados para ejercer actividades de pesca en el caladero de la NAFO durante el año 1990. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 30 de octubre de 1990 publica el censo anual de buques arrastreros congeladores autorizados para ejercer actividades de pesca en el caladero de la NAFO durante el año 1990. La lista se presenta en orden de prioridad, según los criterios establecidos en la Resolución de 3 de abril de 1990. La Secretaría General de Pesca Marítima ha resuelto publicar esta lista como anexo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del censo anual**: La Resolución establece la publicación de la lista de buques congeladores autorizados para ejercer actividades de pesca en el caladero de la NAFO durante el año 1990. ⚠️ **Orden de prioridad**: La lista se presenta en orden de prioridad, según los criterios establecidos en la Resolución de 3 de abril de 1990. 📋 **Información detallada**: La lista incluye información detallada de cada buque, como nombre, matrícula, folio, TRB, CV, indicativo de llamada, año de construcción, puerto base, entre otros datos. ℹ️ **Fundamentación legal**: La Resolución se fundamenta en el artículo 1 de la Orden de 17 de octubre de 1988 y en la Resolución de 3 de abril de 1990. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 30 de octubre de 1990, de la Secretaría General de Pesca Marítima - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 30 de octubre de 1990 - **Materias**: Pesca marítima, ordenación pesquera, NAFO, congeladores, flota española - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Resolución, Secretaría General de Pesca Marítima, NAFO, congeladores, censo, ordenación pesquera, buques, TRB, CV, puerto base. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Esta resolución de 1990, emitida por la Secretaría General de Pesca Marítima, se enmarca en un contexto de regulación de la actividad pesquera española en aguas internacionales, específicamente en la zona NAFO. Previamente, la Orden de 17 de octubre de 1988 ya establecía las bases para ordenar esta flota, y la Resolución de 3 de abril de 1990 definía los criterios para la elaboración de censos. A diferencia de normativas más generales o directivas europeas que buscan una armonización pesquera a mayor escala, esta resolución es específica para la flota arrastrera congeladora española en NAFO y su aprobación recae en la administración nacional, sin que exista una contraparte explícita en otras CCAA o a nivel de la UE en este documento concreto. La importancia para el ciudadano radica en que determina qué buques tienen permiso para pescar en esa zona y bajo qué criterios, afectando directamente a la viabilidad económica de las empresas pesqueras y, por ende, al empleo y al suministro de productos del mar. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────