Orden de 29 de noviembre de 1990 por la que se modifican los anejos técnicos del Reglamento sobre Declaración de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas, aprobado por Real Decreto 2216/1985, de 23 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de noviembre de 1990 por la que se modifican los anejos técnicos del ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 29 de noviembre de 1990 modifica los anejos técnicos del Reglamento sobre Declaración de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas, aprobado por Real Decreto 2216/1985, con el objetivo de adaptar la normativa a las directivas comunitarias y actualizar la clasificación y etiquetado de sustancias peligrosas. **2. CONTEXTO** La norma se basa en las directivas de la Comunidad Económica Europea, especialmente la Directiva 67/548/CEE, y sus posteriores modificaciones. La transposición de las Directivas 86/431/CEE y 87/432/CEE introdujo modificaciones al Reglamento mediante Real Decreto 725/1988 y la Orden de 7 de septiembre de 1988. La presente Orden realiza una nueva adaptación al progreso técnico, con el fin de armonizar la legislación nacional con las normas comunitarias. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 29 de noviembre de 1990 introduce modificaciones al Reglamento sobre Declaración de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas, aprobado por Real Decreto 2216/1985, de 23 de octubre. Estas modificaciones se realizan en virtud de la facultad conferida por la Disposición Final Primera del Real Decreto 2216/1985, y se llevan a cabo en base a las directivas de la Comunidad Económica Europea, especialmente la Directiva 67/548/CEE y sus posteriores modificaciones. En primer lugar, se añade una nueva nota F al Anexo I del Reglamento. Esta nota establece que si una sustancia contiene un estabilizante que modifica sus propiedades de peligrosidad, la etiqueta debe redactarse siguiendo las reglas de etiquetado de las preparaciones peligrosas, tal como se indica en el Anexo I. Esto implica que el estabilizante puede influir en la clasificación y etiquetado de la sustancia, lo que exige una revisión de las normas aplicables. En segundo lugar, se modifica el Anexo I del Reglamento en cuanto a las sustancias incluidas en el mismo. Se actualizan las denominaciones, números CAS, clasificación y etiquetado de varias sustancias, cuyas especificaciones se detallan en el Anexo I de la presente Orden. Entre ellas se incluyen los números CEE 006-038-00-4, 017-009-00-0, 601-007-01-4, 601-021-00-3, 601-022-00-9, 601-026-00-0, 602-001-00-7, 602-006-00-4, 602-012-00-7, 602-013-00-2, 602-023-00-7, 602-027-00-9, 602-028-00-4, 602-044-00-1, 603-024-00-5, 603-055-00-4, 605-003-00-6, 606-002-00-3 y 606-030-00-6. Estas modificaciones reflejan actualizaciones en la clasificación y en la información técnica de dichas sustancias. En tercer lugar, se añaden a la lista de sustancias peligrosas contenidas en el Anexo I del Reglamento las sustancias incluidas en la relación que se publica como Anexo 2. Esta adición permite una actualización de la lista de sustancias peligrosas, asegurando que esté alineada con los estándares comunitarios y con el progreso técnico en el campo de la seguridad química. La Orden se publica en el Boletín Oficial del Estado el 27 de noviembre de 1990, y se firma por el Ministro Zapatero Gómez, Ministro de Industria y Energía y de Sanidad y Consumo. Los anexos completos se omiten en la publicación. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1990 actualiza el Reglamento sobre sustancias peligrosas para adaptarse a las directivas comunitarias. Se modifica el Anexo I con nuevas notas y listas de sustancias. La norma busca garantizar la seguridad y la transparencia en el etiquetado y clasificación de sustancias peligrosas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del Anexo I**: Se añade una nueva nota F que establece que si un estabilizante modifica las propiedades peligrosas de una sustancia, el etiquetado debe seguir las reglas para preparaciones peligrosas. ⚠️ **Actualización de listas de sustancias**: Se actualizan los números CEE y la clasificación de varias sustancias, lo que implica una revisión de las normas aplicables. 📋 **Adición de nuevas sustancias peligrosas**: Se incluyen nuevas sustancias en la lista del Anexo I, asegurando la alineación con los estándares comunitarios. ℹ️ **Base normativa**: La norma se fundamenta en las directivas de la Comunidad Económica Europea, especialmente la Directiva 67/548/CEE y sus modificaciones. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden de 29 de noviembre de 1990 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 29 de noviembre de 1990 - **Materias**: Seguridad química, etiquetado, clasificación de sustancias peligrosas - **Relevancia**: ALTA - **Nota**: La norma tiene relevancia alta debido a su impacto en la regulación de sustancias peligrosas y su alineación con las normas comunitarias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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💬 Contexto ciudadano
La Orden de 29 de noviembre de 1990 se enmarca en un proceso de adaptación continua de la normativa española a las directivas europeas sobre sustancias peligrosas, iniciada con el Real Decreto 2216/1985, que a su vez se basaba en la Directiva 67/548/CEE. Esta orden modifica los anexos técnicos de dicho reglamento, incorporando los avances técnicos y las nuevas disposiciones comunitarias, como la Directiva 88/490/CEE, para armonizar la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias. A diferencia de normativas anteriores que ya habían transpuesto directivas previas, esta orden actualiza específicamente la lista de sustancias y añade una nota sobre la consideración de estabilizantes, lo cual es relevante para el ciudadano al garantizar una información más precisa y actualizada sobre los riesgos de los productos químicos, facilitando su manipulación segura y el cumplimiento de las normativas de seguridad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────