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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 3 de diciembre de 1990 sobre desarrollo y ejecución de programas de seguridad de la Exposición Universal de Sevilla de 1992.

BOE-A-1990-29986Publicada: 12/12/1990MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 3 de diciembre de 1990 sobre desarrollo y ejecución de programas de seg ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 3 de diciembre de 1990 establece la organización y funcionamiento de las oficinas de seguridad de la Expo de Sevilla 1992, bajo la autoridad del Ministerio del Interior, con el objetivo de garantizar la seguridad del evento. **2. CONTEXTO** La Orden fue emitida tras la finalización de los trabajos preliminares para la elaboración del dispositivo de seguridad de la Exposición Universal de Sevilla de 1992. Se busca garantizar la seguridad del evento mediante una organización adecuada y la dirección unificada de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. La norma se emite en el marco de la regulación general de la Expo, sin perjuicio de las competencias atribuidas a su organización. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 3 de diciembre de 1990, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece un marco de organización y coordinación para la seguridad de la Exposición Universal de Sevilla de 1992. La norma se emite bajo la autoridad del Ministerio del Interior, con el objetivo de garantizar la seguridad del evento mediante una organización adecuada y la dirección unificada de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. La Orden establece que, bajo la autoridad, dirección y coordinación del Secretario de Estado para la Seguridad, se constituyen las oficinas de seguridad de la Expo en las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil, con la misión de elaborar los diversos programas de seguridad asignados a los respectivos centros, relativos a la Expo de Sevilla de 1992 (Artículo 1). Además, se crea la Jefatura de Operaciones de Seguridad de la Expo, dependiente funcionalmente de los directores de las oficinas de seguridad, con la misión de coordinar y ejecutar los planes de seguridad, así como asesorar a los órganos directivos del Ministerio del Interior (Artículo 2). La Jefatura de Operaciones de Seguridad de la Expo tiene funciones específicas, entre ellas el ejercicio del mando ejecutivo de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado adscritos a la seguridad de la Expo, la elaboración material del dispositivo de seguridad, la coordinación con otras instituciones con competencias en la materia, y la asesoría a los órganos directivos del Ministerio del Interior (Artículo 3). Las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil, aunque no tienen competencias exclusivas en la materia, deben prestar asistencia y colaboración a los órganos de seguridad de la Expo, tanto en medios humanos como materiales, para el cumplimiento de su misión (Artículo 4). La Secretaría de Estado para la Seguridad adoptará las previsiones oportunas para la aplicación y desarrollo de la presente Orden, correspondiendo a su titular el nombramiento de los responsables de los órganos mencionados, a propuesta de los directores generales de la Policía y de la Guardia Civil (Artículo 5). El Secretario de Estado para la Seguridad podrá delegar en el Gobernador Civil de Sevilla la resolución de los asuntos que reclame el ejercicio de las funciones que le corresponden en relación con la seguridad de la Expo (Artículo 6). Finalmente, la Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (Artículo 7). La norma establece un marco de organización y coordinación entre los distintos órganos de seguridad, con el objetivo de garantizar una seguridad eficaz y coordinada durante el desarrollo de la Expo. La norma se emite en el marco de la regulación general de la Expo, sin perjuicio de las competencias atribuidas a su organización en el área de seguridad. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1990 establece una organización específica para la seguridad de la Expo de Sevilla 1992, con la participación de las fuerzas de seguridad del Estado. La norma se emite en el marco de la regulación general de la Expo, sin perjuicio de las competencias atribuidas a su organización. La norma establece un marco de organización y coordinación entre los distintos órganos de seguridad. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Organización de oficinas de seguridad**: Se establecen oficinas de seguridad en las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil. ⚠️ **Coordinación y mando unificado**: Se crea la Jefatura de Operaciones de Seguridad de la Expo para coordinar y ejecutar los planes de seguridad. 📋 **Funciones específicas de la Jefatura**: Ejercicio del mando ejecutivo, elaboración del dispositivo de seguridad y coordinación con otras instituciones. ℹ️ **Colaboración de las Direcciones Generales**: Las Direcciones Generales deben prestar asistencia y colaboración a los órganos de seguridad de la Expo. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 3 de diciembre de 1990 - **Materias**: Seguridad, Exposición Universal, Organización de eventos, Fuerzas de seguridad - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: seguridad, Expo Sevilla 1992, Ministerio del Interior, fuerzas de seguridad, organización de eventos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1990, la seguridad de eventos de gran envergadura como la Expo '92 se regía por normativas generales de orden público y seguridad, sin un marco específico y unificado para exposiciones universales. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener desarrollos propios en materia de seguridad, o de la normativa estatal general, esta Orden se centra en un evento concreto y de alcance nacional, estableciendo una estructura de mando y coordinación específica para la Expo '92. Fue aprobada por el Ministerio del Interior, con la previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, y su importancia para el ciudadano radica en garantizar una actuación coordinada y eficaz de las fuerzas de seguridad del Estado, asegurando así la protección de miles de visitantes y el normal desarrollo de un acontecimiento de proyección internacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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