Orden TMA/1183/2022, de 28 de noviembre, por la que se determinan para el año 2021 los costes tipo aplicables a los costes subvencionables regulados en el Real Decreto 147/2019, de 15 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Esta orden ministerial fija las tarifas de referencia (llamadas "costes tipo") que se aplican para calcular las ayudas públicas al transporte de mercancías entre las Islas Canarias y la península, o entre las propias islas, correspondientes al año 2021. Se trata de un trámite anual obligatorio que establece el Ministerio de Transportes para delimitar cuánto puede compensar el Estado a quienes transportan mercancías por esa vía. **¿A quién afecta?** Afecta a las empresas y operadores que transportan mercancías por vía marítima o aérea con origen o destino en las Islas Canarias, siempre que esas mercancías no sean productos agrícolas u otros bienes incluidos en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. También concierne a la Administración, que utiliza estos costes tipo para calcular el importe máximo de la compensación que puede concederse. **¿Qué cambia o establece?** La orden fija las cuantías concretas de los costes tipo para los transportes realizados en 2021 en las rutas Canarias-Cádiz y Canarias-Madrid (Barajas) para el tráfico peninsular, y para diversas rutas interinsulares (por ejemplo, Gran Canaria-Tenerife o Lanzarote-Fuerteventura), diferenciando entre transporte aéreo y marítimo, y según la unidad de carga utilizada (kilos, metro lineal, contenedor de 20, 40 o 45 pies). Estos importes actúan como techo para calcular la subvención máxima que puede recibir cada operador por los sobrecostes derivados de la insularidad y la lejanía del archipiélago.
💬 Contexto ciudadano
El REF canario incluye desde 1972 un sistema de compensaciones al transporte de mercancías entre las islas y con la península, para paliar la ultraperificidad y el coste logístico diferencial. Esta Orden fija los costes tipo —referencias de coste elegible para el cálculo de la subvención— para el año 2021, aplicables a mercancías no incluidas en el Anexo I del TFUE (productos industriales y manufacturados). La fijación anual de costes tipo es un procedimiento reglado obligatorio para garantizar la compatibilidad de las ayudas con el Reglamento europeo de ayudas de Estado en regiones ultraperiféricas, donde España, Francia y Portugal tienen regímenes especiales reconocidos por la Comisión Europea.