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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 26 de diciembre de 1990 por la que se reemplazan los anexos 1 y 2 del Decreto 1675/1972, de 28 de junio, relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea (EUROCONTROL).

BOE-A-1991-160Publicada: 04/01/1991MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 26 de diciembre de 1990 por la que se reemplazan los anexos 1 y 2 del D ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente orden modifica los anexos 1 y 2 del Decreto 1675/1972, estableciendo nuevas tarifas para el uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea, que entrarán en vigor el 1 de enero de 1991. 2. **CONTEXTO** El orden se emite en cumplimiento del Acuerdo Multilateral sobre tarifas por ayudas a la navegación aérea, firmado por España, y en aplicación de decisiones de la Comisión Aplicada de EUROCONTROL. Se busca actualizar las tarifas en función de los coeficientes de distancia y peso, según las normas vigentes en la época. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El orden de 26 de diciembre de 1990, emitido por el Ministerio de Transportes, establece que los anexos 1 y 2 del Decreto 1675/1972, de 28 de junio de 1972, son sustituidos por nuevos anexos que entrarán en vigor el 1 de enero de 1991. La modificación se realiza de conformidad con el Acuerdo Multilateral sobre tarifas por ayudas a la navegación aérea, especialmente en los apartados 1, a), y 2, e), del artículo 3, así como el apartado 1, a), del artículo 6. La decisión se basa en la decisión número 12 adoptada por la Comisión Aplicada de EUROCONTROL en su reunión del 27 de noviembre de 1990. El nuevo anexo 1 establece que la tarifa a aplicar por el uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea se calcula mediante la fórmula: **r = t x N**, donde **r** es la tarifa, **t** es el precio unitario español de tarifa y **N** es el número de unidades de servicio correspondientes a cada vuelo efectuado en el espacio aéreo definido en el artículo 3 del Decreto. El número de unidades de servicio se calcula mediante la fórmula: **N = d x p**, donde **d** es el coeficiente distancia del vuelo y **p** es el coeficiente peso de la nave. El coeficiente distancia se calcula como el cociente por 100 del número que mide la distancia ortodrómica, expresada en kilómetros, entre el aeródromo de salida y el de destino, siempre que estos puntos estén dentro del espacio aéreo o en sus puntos de entrada/salida. El anexo incluye una tabla con las distancias ortodrómicas entre diversos aeródromos, como Manchester, París, Roma, etc., y las tarifas unitarias aplicadas en diferentes países participantes en el sistema, como Bélgica, Alemania, Francia, Reino Unido, Holanda, Irlanda, Suiza, Portugal, Austria, España, Grecia, Turquía, Malta y Chipre. La tarifa unitaria para España varía según la región: 50,91 ECU para la Península, 49,52 ECU para Canarias, y 14,13 ECU para Portugal-Santa María. Estas tarifas se aplican en función de las distancias y los coeficientes establecidos. La norma establece que las tarifas se calculan en base a los coeficientes de distancia y peso, y se aplican a los vuelos que transiten por el espacio aéreo definido en el Decreto 1675/1972. La modificación busca garantizar la aplicación uniforme de las tarifas en el marco del Acuerdo Multilateral, en cumplimiento de las decisiones de EUROCONTROL. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden modifica las tarifas por uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea, aplicando nuevas fórmulas y coeficientes. Se actualiza el sistema tarifario en función de los países participantes y sus tarifas unitarias. La norma entra en vigor el 1 de enero de 1991. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de tarifas**: Se actualizan las tarifas por uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea. ⚠️ **Aplicación de fórmulas**: Se establecen fórmulas para calcular la tarifa en función de distancia y peso. 📋 **Tarifas unitarias por país**: Se detallan las tarifas unitarias aplicadas en diferentes países participantes. ℹ️ **Vigencia**: Las nuevas tarifas entran en vigor el 1 de enero de 1991. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 26 de diciembre de 1990 - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 26 de diciembre de 1990 - **Materias**: Transporte aéreo, tarifas, navegación aérea - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1991 actualiza los anexos del Decreto de 1972 sobre tarifas de ayudas a la navegación aérea, en el marco del acuerdo multilateral de EUROCONTROL. Previamente, regían las tarifas establecidas en el Decreto de 1972, pero esta Orden las sustituye para reflejar decisiones de la Comisión Aplicada de EUROCONTROL y el acuerdo multilateral suscrito por España. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener normativas específicas en materia de aviación, esta regulación es de ámbito nacional y se alinea con directivas y acuerdos europeos, siendo aprobada por el Ministerio del Interior. La diferencia es crucial para el ciudadano, especialmente para las aerolíneas, ya que impacta directamente en el coste de los servicios de navegación aérea, afectando la competitividad y, en última instancia, el precio de los billetes de avión. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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